Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 3518
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 01/11/2022
Visto las presentes actuaciones, atento a la solicitud de exención en la Tasa por Comercialización en la Vía Pública formulada por Jorge Pablo Zarranz en representación de ZARRANZ CHAP LILIANA PAOLA, CUIT N° 27-30062234-3, Contribuyente N° 78.928, y;
CONSIDERANDO
Que, el Artículo Nº 137 de la Ordenanza Fiscal 2021 prescribe: “Cuando, por el ejercicio de la actividad, no se registraren ingresos durante el bimestre, se deberá abonar el mínimo establecido en la Ordenanza Impositiva, salvo que justifiquen debidamente la inactividad durante el bimestre. Se exceptúa de esta obligación a quienes desarrollen actividades únicamente en temporadas”;
Que, el Departamento Recaudación informa a fojas 7 y 10 que, no registra movimientos en el impuesto a los ingresos brutos desde febrero/2020 hasta marzo/2021 (fecha de presentación del cese de actividades por expediente 0-6848/2021) inclusive, sugiriendo exceptuar a Zarranz Chap Liliana, contribuyente N° 78.928, del pago de la Tasa por Comercialización en la Vía Pública, por los anticipos comprendidos entre 01/2020 hasta 2/2021, no poseyendo obligaciones pendientes de pago con este municipio;
Por lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades:
- RESUELVE -
ARTÍCULO 1º): Exceptuar a ZARRANZ CHAP LILIANA PAOLA, CUIT N° 27-10455188-3, Contribuyente N° 78.928, del pago de la Tasa por Comercialización en la Vía Pública, por los anticipos comprendidos entre 01/2020 hasta 2/2021, de acuerdo a lo establecido en el Artículo Nº 137 de la Ordenanza Fiscal 2021 y en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2°): Cumplir, notificar, dar al R.O., tomar nota el Departamento de Recaudación; hecho, ARCHIVAR.-