Boletines/Mar Chiquita
Decreto Nº 1834
Mar Chiquita, 08/11/2022
Visto y considerando
Que atento lo establecido por los arts. 278 y 278 bis Ley Orgánica de las Municipalidades (Mod. Por ley 12076). Las deudas de los Contribuyentes que hubieran incurrido en mora en el pago de Impuestos Tasas y cualquier otra especie de contribuciones adeudadas a la Municipalidad prescriben a los cinco (5) años de la fecha en que debieron pagarse.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,
D E C R E T A
ARTICULO 1º: DECLARESE OPERADA la prescripción por el transcurso de los períodos correspondiente hasta la cuota 06/2016 inclusive que, en concepto de Tasas por Servicios Municipales, Tasa por Conservación de la Red Vial, Tasa Unificada de Actividades Económicas, Tasa Mantenimiento de Cementerio e Impuesto a los Automotores que adjunta en anexo I. -
ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Economía Int. Ad Honorem Marcelo Ariel Pibliacampo y Secretario General Arq. Walter Wischnivetzky. -
ARTICULO 3º: COMUNIQUESE, a quienes corresponda, publíquese y dese al Registro Oficial. -
ANEXO I
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