Boletines/Mar Chiquita

Decreto Nº1854

Decreto Nº 1854

Mar Chiquita, 10/11/2022

Visto

La comunicación cursada por el Honorable Concejo Deliberante por la que se pone en conocimiento del Departamento Ejecutivo la sanción de la Ordenanza Nº 121/2022; y

Considerando

Que dicha Ordenanza fue comunicada al D.E. con fecha 09/11/2022;

Que por la misma se ha prestado adhesión a la Ley Provincial N° 15.339/22 que a su vez ha adherido a la Ley Nacional N° 27509/19 que establece los lineamientos del “Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento”;

Que de conformidad a lo establecido en el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, es atribución del D.E. la promulgación de Ordenanzas;

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,

D E C R E T A

ARTICULO 1°: PROMULGUESE, la Ordenanza Municipal N°121/2022, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 09/11/2022, cuya copia, como anexo, forman parte del presente Decreto. -

ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario General Arq. Walter Wischnivetzky.-

ARTICULO 3º: COMUNIQUESE, a quienes corresponda y dése al Registro Oficial.-

VISTO

La Ley Nacional 27.506/19; y

CONSIDERANDO

Que el objetivo de la ley es promocionar actividades económicas que apliquen el uso del conocimiento y la digitalización de la información apoyado en los avances de la ciencia y de las tecnologías, a la obtención de bienes, prestación de servicios y/o mejoras de procesos.

Que es necesario emprender un camino de modernización del estado para brindar servicios de forma más eficiente y accesible a la ciudadanía.

Que la articulación entre municipio, provincia, nación e instituciones es fundamental para crear condiciones apropiadas para el desarrollo tecnológico.

Que a través del régimen creado por la ley 27506/19 se fomenta la creación, diseño, desarrollo, producción e implementación o adaptación de productos y servicios y su documentación técnica asociada, tanto en su aspecto básico como aplicado, incluyendo el que se elabore para ser incorporado a procesadores y/u otros dispositivos tecnológicos, promoviendo el desarrollo de software, producción audiovisual, biotecnología, servicios profesionales etc.

Que el régimen nacional establece beneficios impositivos para las industrias de software, biotecnología, industrias aeroespaciales y satelital, audiovisual, servicios geológicos, de prospección y relacionados con electrónica y comunicaciones, centros de exportación de servicios profesionales, investigación y desarrollo, nanotecnología y nanociencia, y la fabricación de bienes 4.0 conectados a la tecnología.

Que la Provincia de Buenos Aires ha adherido a este régimen por Ley N° 15.339/22, la que mediante su artículo 15° se invita a los Municipios a adherir a la misma;

Que la adhesión a esta Ley posibilitará el acceso a fuentes de financiamiento a tal fin;

POR ELLO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MAR CHIQUITA EN USO DE SUS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°: ADHIERASE la Municipalidad de Mar Chiquita en todos sus términos a la ley provincial N° 15.339 que asimismo adhiere a la Ley Nacional N° 27506, que establece los lineamientos del “Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento”. -

ARTÍCULO 2°: FACULTESE, al Departamento Ejecutivo a llevar adelante en el partido de Mar Chiquita las acciones pertinentes a fin de aplicar el “Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento” creado por Ley Nacional 27506. -

ARTÍCULO 3°: REGISTRESE, comuníquese a quienes corresponda y archívese. -

ORDENANZA N° 121.

DADA EN EL RECINTO DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MAR CHIQUITA A LOS 9 DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2022.