Boletines/Lobería
Decreto Nº 1898-22
Lobería, 26/10/2022
AMPLÍASE, el monto abonar al personal destajista.
Visto
Las atribuciones conferidas por los artículos 107 y 108 Inciso 17 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ley Provincial 14.656, el artículo 49 de la Ordenanza Nº 1.973/15 Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería, el Decreto Nº 1.897/22; y
Considerando
QUE, la Directora de los Centros de Atención Primaria de Salud MARÍA ADRIANA OLARIAGA, solicita la ampliación, a partir del 01 de octubre de 2022, del monto a abonar a la persona que expresamente se detalla en la parte dispositiva, designado en carácter de destajista mediante el decreto referenciado;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en uso de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:
D E C R E T O
ARTÍCULO 1.- AMPLÍASE, a partir del 01 de octubre de 2022, el monto abonar al personal destajista designado por el decreto detallado:
|
TAREAS A REALIZAR |
APELLIDO Y NOMBRE |
DNI |
N° DE LEGAJO |
DECRETO DE DESIGNACIÓN |
Valor bruto mensual |
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Agente Promotor de Salud en el ámbito de CAPS Salud Mental |
GUTIÉRREZ, ROBERTO ISMAEL |
12.845.143 |
10543 |
1.897/22 |
$ 33.733,41 |
ARTÍCULO 2.- El monto a abonar al destajista se efectivizará de la siguiente manera:
Bruto IPS Patronal Neto
$ 33.733,41 $ 4.048,01 $ 29.010,73
ARTÍCULO 3.- El presente gasto se imputará a la Partida: “111011000 Secretaría de Salud y Desarrollo Social – 22.00 Programa Salud Mental - 1.2.1.0. Retribuciones del Cargo” del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTÍCULO 4.- Tomen conocimiento, Oficina de Personal, Secretaría de Salud y Desarrollo Social, Contaduría Municipal y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHÍVESE.
DECRETO Nº 1.898-22