Boletines/Mercedes
Decreto Nº 1718/2022
Mercedes, 05/10/2022
Visto
Las actuaciones del Expediente N° 3853/2022, caratulado “COMISIÓN MUNICIPAL DEL PATRIMONIO– 3° CERTAMEN DE GRABADO XILOGRÁFICO AL AIRE LIBRE 2022”; y,
Considerando
Que durante el mes de octubre del corriente año se llevará a cabo el Tercer Certamen de Grabado Xilográfico al Aire Libre en la ciudad de Mercedes.
Que dicha actividad se realiza en el marco del evento denominado Octubre mes del Grabado, en el que participan y convocan la Dirección de Cultura de la Municipalidad de Mercedes, el Museo de Arte Municipalidad de Mercedes, la Escuela de Arte N°2 José “Fifi” Roggero, el Museo Histórico Municipal Dr. Víctor Míguez, Movimiento Cultural El Limonero y la Comisión Municipal del Patrimonio Cultural y Natural de Mercedes (CUNA)
Que la propuesta busca plasmar en la estampa diferentes partes de la ciudad lo que funcionara también como una nueva mirada al patrimonio arquitectónico y cultural de nuestra de ciudad.
Que la inscripción al certamen es gratuita y se podrá realizar hasta el día 23 de octubre, siendo el día 29 del mismo mes la exposición y la premiación en el centro cultural El Limonero.
Por ello, el Sr. INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades legales que le son propias,
D E C R E T A :
Artículo 1°: Declárase de Interés Municipal al “TERCER CERTAMEN DE GRABADO XILOGRAFICO AL AIRE LIBRE”; cuya premiación se realizara el día 29 de octubre de 2022 en el centro Cultural El Limonero de la ciudad de Mercedes.
Artículo 2°: Apruébase el reglamento del TERCER CERTAMEN DE GRABADO XILOGRAFICO AL AIRE LIBRE; obrante a fs.1/6 del expediente 3853/2022.
Artículo 3º: Autorízase a la Jefatura de Gabinete a otorgar los siguientes premios:
1° Premio: $ 25.000 (pesos veinticinco mil) y diploma
2° Premio: $ 10.000 (pesos diez mil) y diploma
3° Premio: $ 5.000 (pesos cinco mil) y diploma
Y las menciones que considere el jurado.
Artículo 4°.- Los importes mencionados en el artículo anterior se imputarán a las partidas presupuestarias Jurisdicción 1110108000 Categoría Programática 01.02.00 Objeto del Gasto 5.1.4.2 fuente de financiamiento 131 .
Artículo 5º.- Dispónese que el jurado que será ad-honorem y estará conformado por tres (3) personas referentes de instituciones educativas de nuestra ciudad: un representante de la Comisión Municipal de Patrimonio, un representante del movimiento cultual El Limonero y un tercer miembro destacado del ámbito del grabado.
Artículo 6°.- Dispónese que en el plazo de treinta (30) días deberá presentar el acta correspondiente con el resultado de los ganadores confeccionada por el Jurado del evento y los comprobantes de todos los gastos realizados, ante Contaduría Municipal.
Artículo 7°.- Regístrese, comuníquese y dese al Digesto General. Ficho, archívese.