Boletines/Chivilcoy
Ordenanza Nº 10326
Chivilcoy, 09/09/2022
ORDENANZA
Artículo 1°: Declárese de Interés público la obra de Ampliación Red Cloacal en Bº.Procrear 1 y San Donato en la ciudad de Chivilcoy.-
Artículo 2°: Declárese de utilidad pública y pago obligatorio la contribución por mejoras de los beneficiarios de la obra que son: los frentistas propietarios, usufructuarios o quienes a título de dueños posean inmuebles que se beneficiarán con la obra mencionada en el artículo precedente
Artículo 3°: El precio de la contribución por mejoras por partida será de $ 4.704 (cuatro mil setecientos cuatro) por metro de frente lineal.
Artículo 4°: El monto determinado podrá ser abonado al contado con un 10 % de descuento y el plazo para ejercer esta opción será hasta 30 días posteriores al vencimiento del plan.
Artículo 5°: El monto determinado podrá ser abonado en cuotas, de acuerdo al siguiente esquema:
Hasta 06 cuotas sin interés.
De 06 a 12 cuotas con un interés mensual del 3,5 %.
Artículo 6°: El D.E determinará para aquellos casos en que algún contribuyente no posea capacidad contributiva, previa comprobación acreditada con la documentación que al efecto se establezca, a ampliar la cantidad de cuotas, hasta 18 cuotas mensuales, manteniendo la misma tasa de interés mensual.
Artículo 7°: El vencimiento de cada cuota operará los días 10 de cada mes.-
Artículo 8°: Los intereses de resarcitorios y punitorios serán los establecidos en la Ordza. Fiscal e Impositiva vigente.-
Artículo 9°: Cualquier modalidad de pago de la contribución por mejoras, elegida por el contribuyente, la deuda deberá ser cancelada al momento de transferir la propiedad imputada. En caso de no ser cancelada antes de la escrituración, el escribano interviniente será agente de retención al momento de otorgar la escritura traslativa de dominio, para su posterior cancelación ante el municipio.
Artículo 10°: Su recaudación será imputada en el recurso 2120400 Contribución por mejoras.Obra Red Cloacal.
Artículo 11°: Comuníquese, publíquese y archívese.