Boletines/Chivilcoy
Decreto Nº 1890
Chivilcoy, 29/09/2022
Visto
El Contrato de Obra Pública de construcción de viviendas de fecha 11 de junio de 2009 firmado con la Empresa Sitra S.A.I.C.F.Y.C. en el marco del Programa Federal de Viviendas correspondiente a la Licitación Pública Nº 10/08 y el Acta Acuerdo de neutralización de obra de fecha 14 de junio de 2016, y
Considerando
Que la Resolución Nº 99/2021 del Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat crea el Programa Nacional de Finalización de Viviendas denominado; “Programa Reconstruir”
Que dicho Programa tiene como objeto la finalización de obras que , en procesos de construcción con aportes del Estado Nacional a través de los diferentes Programas o Planes del Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat, se encuentren paralizadas en su ejecución.
Que con fecha 15 de agosto de 2022 se firmaron los Convenios de Financiamiento de los Proyectos: “Terminación de 46 viviendas más infraestructura en Sector Rosetti” y “Terminación de 24 viviendas más infraestructura en Sector Hospital” entre la Secretaría de Hábitat del Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat de la Nación y la Municipalidad de Chivilcoy en la Provincia de Buenos Aires en el marco “PROGRAMA RECONSTRUIR”
Que con fecha 12 de agosto de 2022 se convalidan los convenios por Ordenanza Nº 10301 y Nº 10302 y se promulgan por decretos N º1509 y 1511
Que el Secretario de Obras y Servicios Públicos elaboró informe sobre la reactivación de 3 de las 5 localizaciones existentes iniciadas en el año 2009 por Licitación Pública 10/08 para la ejecución de las 296 viviendas adjudicadas a la Empresa Sitra S.A.I.C.F.I.Y.C. quien estuvo a cargo hasta el momento de la paralización.
Por ello,
El intendente municipal, en uso de sus atribuciones, decreta
Artículo 1º: Convalidase la Adenda de la Licitación Pública Nº 10/08 “Programa Federal Plurianual de construcción de Viviendas” Anexo I : “Obra Terminación de 46 viviendas más infraestructura en Sector Rosetti” y Anexo II: “Obra Terminación de 24 viviendas más infraestructura en Sector Hospital”
Artículo 2º: El gasto será imputado a la Partida Presupuestaria 1110112000- Secretaría de Obra y Servicios Públicos, 46.58.52-Terminación 46 Viv, 4210 Construcción en bienes de dominio privado, 133 De Origen Nacional Recurso:17.2.01.49 por $ 212.158.360,07 Pesos Doscientos Doce Millones Ciento Cincuenta y Ocho Mil Trescientos Sesenta con siete centavos y a la Partida Presupuestaria: 1110112000- Secretaría de Obra y Servicios Públicos, 46.58.51-Terminación 24 Viv , 4210 Construcción en bienes de dominio privado, 133 De Origen Nacional Recurso:17.2.01.49 por $ 142.753.630,90 (Pesos Ciento Cuarenta y Dos Millones Setecientos Cincuenta y Tres Mil Seiscientos Treinta con Noventa centavos
Artículo 3º: Autorizase a la Contaduría Municipal a realizar las registraciones pertinentes y formular la liquidación que surja como consecuencia de lo Dispuesto en el artículo precedente.
Artículo 4º: Comuníquese, publíquese, tome nota quien corresponda, dese al R.O., cumplido archívese.