Boletines/Chivilcoy
Decreto Nº 1767
Chivilcoy, 13/09/2022
Indigentes Ayuda
Visto
el artículo N° 106 de la Ordenanza General N° 267/80, y
Considerando
que el Reglamento de Contabilidad en su artículo 130 habilita al otorgamiento de ayudas a personas indigentes, acreditándose tal situación con encuesta socio económico debidamente suscripta por el Secretario de Desarrollo Social, Que teniendo en cuenta la problemática social de personas que recurren al Municipio, evidenciando sus bajos recursos que los ubica en una situación económica y social de extrema necesidad, Que por ello surge la necesidad de brindarles ayuda mediante subsidios, encuadrados dentro de la normativa vigente, avalado por encuestas sociales que acrediten tales circunstancias.
Por ello;
El intendente municipal, en uso de sus atribuciones, decreta
Artículo 1º: Otórguense subsidios, a indigentes, identificados en el Anexo del presente decreto equivalente a la suma de $36.900 (pesos treinta y seis mil novecientos) imputándose en la Partida Presupuestaria: 53.04.00-5.1.4.0 Ayuda sociales a Personas 1110117000 Secretaria de Desarrollo Social.
Artículo 2º: Lo establecido en el artículo 1° será evaluado de acuerdo a encuestas socio-económicas tal lo establecido en el artículo N° 130 del Reglamento de Contabilidad.
Artículo 3º: Autorizase a la Contaduría Municipal a realizar las registraciones pertinentes y formular la liquidación que surja como consecuencia de lo dispuesto en el artículo precedente.
Artículo 4º: Comuníquese, publíquese, tome nota quien corresponda, dese al R. O., archívese. –
anexo
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