Boletines/Bragado

Decreto Nº1454

Decreto Nº 1454

Bragado, 21/10/2022

Visto

VISTO: La “Escuela de Emprendedores”, para capacitar y financiar ideas y proyectos, a realizarse en 6 encuentros y 10 hs de tutorías, dándose inicio el día 21 de octubre de 2022, en las instalaciones del Centro Regional Universitario Bragado; y,

Considerando

CONSIDERANDO: Que, la diversidad y aumento de fuentes de trabajo es una necesidad compartida por toda nuestra comunidad y motivo de atención prioritaria del Gobierno Municipal; Que, la política generada desde los Gobiernos Centrales, con objetivos tales como la promoción de la cultura del trabajo, la generación de empleo, la capacitación de recursos humanos, el apoyo a la creación y coordinación de microemprendimientos y la promoción de formas asociativas de producción, son propuestas cuya concreción es anhelo de amplios sectores de nuestra población; Que, a tal efecto se está fomentando el autoempleo como una nueva modalidad acorde con las tendencias de los modelos económicos vigentes; Que la pandemia volvió a sacar a luz el espíritu emprendedor y la capacidad de adaptación de los argentinos y para poder darles el mejor acompañamiento posible en este contexto se hace hincapié en los siguientes temas: Competencias y oportunidades, Modelo canvas. Pensamiento de Diseño, Introducción al comercio, Plan de Marketing digital, abrir una tienda en Mercado Shops o Tienda Nube. Conocer audiencias y segmentarlas, Vincular Google Analytics, Modelos de publicidad (CPL, CPC, CPA, etc), Ventas estrategia y costos; Que, e dictarán clases semanales para capacitar a los emprendedores para que puedan desarrollar sus ideas y  ayudarlos con el armado de proyectos, que luego podrán ser financiados por el Municipio; Que, los proyectos deben recrear la cultura del trabajo como recurso para el desarrollo personal, afianzando la formación empresaria con compromiso social, incentivar el cooperativismo y las formas asociativas que mediante el esfuerzo mutuo y la solidaridad y propiciar el aprovechamiento de los recursos locales (naturales, humanos, sociales); Que, el Municipio debe actuar como agente Promotor de Desarrollo Económico-Social de la comunidad, asumiendo esta temática e intentando buscar soluciones en el nivel local; y,

EL INTENDENTE MUNICIPAL D E C R E T A

ARTICULO 1º.- AUTORIZAR el pago de los gastos que surjan de la realización de la 8ª edición de la Escuela de Emprendedores, la cual comenzará el día 21 de octubre del corriente año, en las instalaciones del Centro Regional Universitario Bragado. ARTICULO 2º.- Refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda y Producción. H.V GATICA. G. H. RIPARI. ARTICULO 3º.- FIRMAR, REGISTRAR, COMUNICAR, PUBLICAR, DAR AL BOLETIN OFICIAL Y ARCHIVAR.-