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Decreto Nº1433

Decreto Nº 1433

Bragado, 18/10/2022

Visto

VISTO: El Decreto Nº 333/20 de este Departamento Ejecutivo que crea una Bonificación por Gestión de Cobranza y el Decreto Nº 580/21; y

Considerando

CONSIDERANDO: Que, ha variado, a partir del día 1 de Octubre del corriente año, la base del cálculo para la bonificación que podrán recibir aquellos agentes municipales afectados a la gestión de cobranza propiamente dicha; Que, es necesario derogar lo establecido en el Anexo I que forma parte del Decreto Nº 333/20 mencionado ut supra, en el punto 2.3.2 Escalas Servicios Rurales y en el punto 2.3.3. Escalas Tasas por Seguridad e Higiene; Que, asimismo, el mínimo a percibir por los trabajadores de la Dirección de Recaudación y Oficina de Guías deberá estar sujeto a los incrementos de la escala salarial Administrativo IV; Que, corresponde dictar el acto administrativo correspondiente, por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DECRETA

ARTICULO 1º. FIJAR una Bonificación por Cobranza a partir del día 1 de Octubre de 2022, para aquellos agentes municipales afectados a la gestión de cobranza propiamente dicha, en un porcentaje conforme a la cobrabilidad acumulada de cada tasa municipal que a continuación se detallan:

 

Tasa

Cobrabilidad Acumulada al mes de liquidacion

 

Bonificacion por Cobranza

Red Vial

≥ 70%

 

10%

Seguridad e Higiene

≥ 70%

Servicios Urbanos

≥ 46%

 

Red Vial

≥ 60%

 

8%

Seguridad e Higiene

≥ 60%

Servicios Urbanos

≥ 36%

 

Red Vial

≥ 50%

 

6%

Seguridad e Higiene

≥ 50%

Servicios Urbanos

≥ 30%

ARTICULO 2º. FIJAR en dicha Bonificación por Cobranza un MINIMO para aquellos agentes municipales dependientes de la Dirección de Recaudación y Oficina de Guías en un monto del 7.5% del Básico correspondiente a la categoría Administrativo IV, incrementando al 15% para quienes, acepten realizar la gestión. ARTICULO 3º. Refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno. H.V.GATICA. M. TOMASINO  Refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda y Producción. H.V GATICA. G. H. RIPARI. ARTICULO 4°: FIRMAR, REGISTRAR, COMUNICAR, PUBLICAR, DAR AL BOLETIN OFICIAL Y ARCHIVAR.-