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Decreto Nº1406

Decreto Nº 1406

Bragado, 13/10/2022

Visto

VISTO: El art. 40º inciso c) de la Ordenanza Fiscal e Impositiva 2022; y

Considerando

CONSIDERANDO: Que, en el Título VIII de la Ordenanza Fiscal e Impositiva 2022 se han establecido las infracciones a las obligaciones y deberes formales; Que, el artículo 40° de la Ordenanza Fiscal e Impositiva 2022 dispone las multas aplicables a los contribuyentes por incumplimiento de sus obligaciones fiscales, estableciendo en el inciso c) que el monto de la multa por infracción a los deberes formales será graduado entre el 10% y el 500% del valor mensual de la tasa por la cual se ha cometido la infracción; Que, la misma norma faculta al Departamento Ejecutivo a establecer el monto de la multa aplicable; Que, por tanto resulta necesario proceder al dictado del acto administrativo pertinente; Por ello y en el ámbito de sus competencias conferidas por el Decreto-Ley Nº 6769/58:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DECRETA

ARTICULO 1°.- ESTABLECER el monto de la multa contemplada en el Art. 40 inciso c) de la Ordenanza Fiscal e Impositiva 2022 en un equivalente al 50% del valor mensual de la tasa por la cual se ha cometido la infracción.- ARTICULO 2º.- NOTIFICAR a la Dirección de Recaudación e Inteligencia Fiscal y a la Dirección de Sistemas y Presupuesto a sus efectos.- ARTICULO 3º.- Refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda y Producción. H.V GATICA. G. H. RIPARI. ARTICULO 4°.- FIRMAR, REGISTRAR COMUNICAR, PUBLICAR, DAR AL BOLETIN OFICIAL Y ARCHIVAR.-