Boletines/Tandil
Decreto Nº 3935/2022
Tandil, 11/11/2022
Visto
El acta acuerdo celebrada el 15 de septiembre de 2022 con el Sindicato de Trabajadores Municipales de Tandil en relación con el personal de enfermería que cumple funciones en el Centro de Salud de Gardey.
Considerando
Que el acta acuerdo suscripta establece, para las agentes de enfermería Jeanette Aguilar Escobar – Legajo 9.505 y Gabriela Moisas – Legajo 10.824, un cumplimiento horario de lunes a viernes de 8 hs a 17 hs, según lo establecido por el artículo 29 incisos a) y b) del CCT 9/2019 e incorporar a la agente Gladis Guadalupe Etchetto al sistema de guardias pasivas para cubrir desde el viernes a las 17 hs y hasta el lunes a las 8 hs, en concordancia con lo normado por el art. 34 incisos i), l) e in fine del CCT 9/2019.
Que las tareas de enfermería fuera del horario establecido serán cubiertas mediante el sistema de guardias pasivas de acuerdo a lo establecido en el artículo 29 inciso g) del CCT 9/2019, correspondiéndoles un adicional del 20% y el 40 % de la categoría 12 no remunerativo de acuerdo a los días en que se cubren dichas guardias, según lo especificado en la cláusula quinta del acta acuerdo.
Que en virtud de cumplir con lo establecido en el acta acuerdo corresponde dar de alta el Concepto N° 52, Bonificaciones Remunerativa No Bonificable, a la agente Gladis Guadalupe Etchetto.
Que han informado al respecto la Jefa del Departamento de Recursos Humanos y la Contadora del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado.
Por todo ello, en uso de sus facultades
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1°: Dese de alta el Concepto Nº 52 Bonificación Remunerativa No Bonificable, con un porcentaje del 20 % sobre la Categoría 12, a la agente Gladis Guadalupe Etchetto – Legajo 11.299 - Personal de Enfermería, en el marco de lo dispuesto en la cláusula quinta del acta acuerdo celebrada con el Sindicato de Trabajadores Municipales, a partir del 15 de septiembre de 2022.
Artículo 2°: La erogación que ello implique deberá imputarse a las partidas Jurisdicción 1120000002 – Sistema Integrado de Salud Pública, Apertura Programática 21.00.00 Salud Comunitaria, 21.04.00 Administración y conducción, 110 Tesoro Municipal, 1.0.0.0 Gastos en Personal, 1.1.0.0 Personal Permanente, 1.1.5.0 Otros Gastos en Personal, 1.1.5.8 Bonificación, del Presupuesto en vigencia.
Artículo 3°: El presente decreto será refrendado por el Presidente del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado.
Artículo 4°: Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Municipal, pase a la Secretaría de Gobierno, Presidencia y Vicepresidencia del SISP Ente Descentralizado, Dirección de Salud Comunitaria, Departamentos de Recursos Humanos y Contaduría del Ente, y oportunamente archívese.
Firma Digital: Matías Tringler (Presidente) - Miguel Ángel Lunghi (Intendente)
Presidencia del Sistema Integrado de Salud - Intendencia