Boletines/Tandil

Ordenanza Nº17800/2022

Ordenanza Nº 17800/2022

Tandil, 10/11/2022

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Autorícese la escrituración de las parcelas del Plan Familia Propietaria a favor de los beneficiarios que se detallan en el Anexo 1 de la presente Ordenanza.

ARTÍCULO 2º: El precio de cada lote se fija en la suma de $ 20.040.- Esta suma será abonada en 120 cuotas de $ 167.- cada una, más los recargos que correspondieren, sin gravamen hipotecario por tratarse de una deuda imprescriptible.

ARTÍCULO 3º: En la escritura deberá constar que "el beneficiario no podrá transferir el lote por el término de cinco (5) años, bajo condición resolutoria, comprometiéndose a destinarlo a vivienda única y de ocupación permanente. Su incumplimiento dará derecho a la revocación del dominio". Esta prohibición no alcanzará a las entidades habilitadas que le otorguen créditos para la construcción de vivienda única y de ocupación permanente al adjudicatario, sea mediante el Plan PROCREAR o cualquier otro sistema, quienes sí tendrán facultades de disposición contraídas en el crédito otorgado.

ARTÍCULO 4º: Declárese de Interés Social en los términos del Artículo 4º, inciso d, de la Ley 10.830 la escrituración de venta de los lotes a favor de los beneficiarios, procediénse a su escrituración ante Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires. 

ARTÍCULO 5º: Regístrese, dése al Libro de Actas y comuníquese al Departamento Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL A LOS DIEZ DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTIDOS.

Registrada bajo el Nº 17800

REF: Asunto Nº 738/2022    Expte. Nº 2021/07636/00

Firma Digital: Diego A. Palavecino (Secretario del H.C.D.)   -  Juan P. Frolik (Presidente del H.C.D.)

Anexos

ANEXO I

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