Boletines/Tandil

Decreto Nº3914/2022

Decreto Nº 3914/2022

Tandil, 10/11/2022

Visto

Que la firma TRANSPORTE MALVINAS S.R.L., adjudicataria de la Licitación Pública Nº 12-01-22 "Servicio de Provisión, Recolección, Carga, Transporte, Descarga y Mantenimiento de Contenedores en distintos puntos de la ciudad", ha solicitado el día 23 de septiembre de 2022, la redeterminación de valores contractuales por las variaciones de costos, según lo estipulado en el art. 50º del P.B.C.L; y,

Considerando

Que el Área de Gestión de Procesos revisó los índices utilizados (correspondientes al Sistema de Índices de Precios Mayoristas-SIPIM y para la mano de obra los que surgen del Convenio Colectivo de Trabajo N° 40/89), adjuntos como archivos de trabajo en Orden 6, reconociendo como válido el precio ajustado al mes de septiembre 2022, presentado por la empresa Transportes Malvinas SRL.

Que el pliego manifiesta que el precio del contrato se redeterminará a partir del primer día del mes siguiente al de la presentación de la solicitud y solo sobre la parte del contrato no cumplido a la fecha.

Que han tomado intervención Contaduría General, Dirección de Presupuesto y la Subsecretaría de Economía y Administración.

Por todo ello, en uso de sus facultades

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL

D E C R E T A

Artículo 1º: Fijar el precio unitario por contenedor por día, ajustado a partir del certificado de octubre 2022 (inclusive), en la suma de Pesos un mil seiscientos noventa con noventa y nueve centavos ($ 1.690,99) de la Licitación Pública Nº 12-01-22 "Servicio de Provisión, Recolección, Carga, Transporte, Descarga y Mantenimiento de Contenedores en distintos puntos de la ciudad",

Artículo 2º: Adecuar el valor contractual de la Licitación Pública Nº 12-01-22 "Servicio de Provisión, Recolección, Carga, Transporte, Descarga y Mantenimiento de Contenedores en distintos puntos de la ciudad", en la suma de la suma de Pesos Veintiocho millones ciento veintidós mil quinientos cincuenta y tres con tres centavos ($ 28.122.553,03), totalizando de esta manera un importe de Pesos Ciento noventa y un millones ciento treinta mil quinientos cincuenta y tres con tres centavos ($ 191.130.553,03).

Artículo 3º: La erogación a producirse será imputada a la partida informada por la Dirección de Presupuesto en Orden 12.

Artículo 4º: El presente decreto será refrendado por el Secretario de Planeamiento y Obras Públicas.

Artículo 5º: Regístrese, comuníquese, tomen nota Secretaría de Economía y Administración, Gestión de Procesos, Contaduría General, Dirección de Presupuesto y oportunamente archívese.

Firma Digital: Luciano María Lafosse (Secretario)       -   Miguel Ángel Lunghi (Intendente)

           Secretaría de Planeamiento y Obras Públicas      -                    Intendencia