Boletines/General Pueyrredon
Decreto Nº 2539/22
General Pueyrredon, 01/11/2022
Visto
el Acta Acuerdo de fecha 24 de mayo de 2022, incorporada en el Expediente EMDER Nº 204/2020 – Cpo.2, a fs. 228, celebrada entre la Municipalidad de Gral. Pueyrredon, representada por el señor Secretario de Gobierno, Santiago Bonifatti y el Sindicato de Trabajadores Municipales, representado por el señor Secretario General Antonio José Gilardi, y
Considerando
Que el Apartado 2 de la mencionada Acta expresa lo siguiente: “Asimismo las partes acuerdan completar seiscientos (600) reencasillamientos durante el segundo semestre de 2022 por intermedio de la Junta de Ascensos y Calificaciones”.
Que la Junta de Ascensos y Calificaciones conforme constancia de fs. 227, da curso favorable a la modificación escalafonaria para agentes del EMDER.
Que a fs. 231 la Contaduría del EMDER otorga factibilidad sobre la base de las previsiones contempladas en el Presupuesto de Gastos vigente.
Por ello y, en uso de facultades que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTÍCULO 1.- Dase de alta a partir del 1º de octubre de 2022, al Agente DIEGO MARTÌN CASCO - Legajo Nº 21413 - en el cargo de Capataz General con 50 hs semanales – C.F 6-18-71-01, en el Ente Municipal de Deportes y Recreación, dándosele de baja del cargo en el que revistaba al 30 de septiembre de 2022; en mérito a lo expresado en el exordio.
ARTÍCULO 2º.- Acuérdase a partir del 1º de octubre de 2022, la Bonificación por Tarea Riesgosa de un 10% sobre el salario de un Obrero Inicial con 44 horas semanales al Agente DIEGO MARTÌN CASCO - Legajo Nº 21413 – quien cumple funciones en el Ente Municipal de Deportes y Recreación.
ARTICULO 3º.- Otórgase a partir del 1º de octubre de 2022, al Agente DIEGO MARTÌN CASCO - Legajo Nº 21413 - un Fondo Compensador cuyo monto corresponde al Grupo Ocupacional Personal Obrero Nivel 18 con 50 hs semanales.
ARTÍCULO 4º.- Dase de alta a partir del 1º de octubre de 2022, al Agente FERNANDO SALINAS, Legajo Nº 22703, en el cargo de Capataz General con 40 hs semanales – C.F 6-18-67-01, dándosele de baja del cargo en el que revistaba al 30 de septiembre de 2022; en mérito a lo expresado en el exordio.
ARTÍCULO 5º.- Acuérdase a partir del 1º de octubre de 2022, la Bonificación por Tarea Riesgosa de un 10% sobre el salario de un Obrero Inicial con 44 horas semanales al Agente FERNANDO SALINAS, Legajo Nº 22703 – quien cumple funciones en el Ente Municipal de Deportes y Recreación.
ARTICULO 6º.- Otórgase a partir del 1º de octubre de 2022, al Agente FERNANDO SALINAS, Legajo Nº 22703, un Fondo Compensador cuyo monto corresponde al Grupo Ocupacional Personal Obrero Nivel 18 con 40 horas semanales.
ARTÍCULO 7º.- Dase de alta a partir del 1º de octubre de 2022, al Agente VICTOR RUBÉN CONTI, Legajo Nº 22487, en el cargo de Superior Administrativo con 48 hs semanales – C.F 5-18-70-01, dándosele de baja del cargo en el que revistaba al 30 de septiembre de 2022; en mérito a lo expresado en el exordio.
ARTÍCULO 8º.- Acuérdase a partir del 1º de octubre de 2022, la Bonificación Remunerativa de un 10% sobre el salario de un Obrero Inicial con 44 horas semanales al Agente VICTOR RUBÉN CONTI, Legajo Nº 22487– quien cumple funciones en el Ente Municipal de Deportes y Recreación.
ARTICULO 9º.- Otórgase a partir del 1º de octubre de 2022, al Agente VICTOR RUBÉN CONTI, Legajo Nº 22487, un Fondo Compensador cuyo monto corresponde al Grupo Ocupacional Personal Administrativo Nivel 18 con 48 hs semanales.
ARTÍCULO 10º.- Dase de alta a partir del 1º de octubre de 2022 al Agente OSCAR HORACIO RAIMO - Legajo Nº 25126 - en el cargo de Técnico Especializado IV con 35 hs semanales – C.F 4-20-00-01 -, dándosele de baja del cargo en el que revistaba al 30 de septiembre de 2022 y las bonificaciones que percibía; en mérito a lo expresado en el exordio.
ARTÍCULO 11º.- Acuérdase a partir del 1º de octubre de 2022, la Bonificación por Tarea Riesgosa de un 10% sobre el salario de un Obrero Inicial con 44 horas semanales, al Agente OSCAR HORACIO RAIMO - Legajo Nº 25126- quien cumple funciones en el Ente Municipal de Deportes y Recreación.
ARTICULO 12º.- Otórgase a partir del 1º de octubre de 2022, al Agente OSCAR HORACIO RAIMO - Legajo Nº 25126 - un Fondo Compensador cuyo monto corresponde al Grupo Ocupacional Personal Técnico Nivel 20 con 35 hs semanales.
ARTÍCULO 13º.- Dase de alta a partir del 1º de octubre de 2022, al Agente IVÀN EZEQUIEL VILLALOBO, Legajo Nº 33494, en el cargo de Técnico II con 45 hs semanales – C.F 4-10-71-03, dándosele de baja del cargo en el que revistaba al 30 de septiembre de 2022; en mérito a lo expresado en el exordio.
ARTÍCULO 14º.- Acuérdase a partir del 1º de octubre de 2022, la Bonificación por Tarea Riesgosa de un 10% sobre el salario de un Obrero Inicial con 44 horas semanales al Agente IVÀN EZEQUIEL VILLALOBO, Legajo Nº 33494 – quien cumple funciones en el Ente Municipal de Deportes y Recreación.
ARTICULO 15º.- Otórgase a partir del 1º de octubre de 2022, al Agente IVÀN EZEQUIEL VILLALOBO, Legajo Nº 33494, un Fondo Compensador cuyo monto corresponde al Grupo Ocupacional Personal Técnico Nivel 10 con 45 hs semanales.
ARTÍCULO 16º.- El egreso que demande lo dispuesto en los Artículos 1º y 4º del presente Decreto deberá imputarse a la U.O. 01-02-0-0-0-00 – Actividad Central 01 – Actividad 01 - Inciso 1 - Partida Principal 1 - Partida parcial 1 – Partida Subparcial 6 Personal Obrero del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTÍCULO 17º.- El egreso que demande lo dispuesto en el Artículo 7º del presente Decreto deberá imputarse a la U.O. 01-02-0-0-0-00 – Actividad Central 01 – Actividad 01 - Inciso 1 - Partida Principal 1 - Partida parcial 1 – Partida Subparcial 5 Personal Administrativo del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTÍCULO 18º.- El egreso que demande lo dispuesto en los Artículos 10º y 13º del presente Decreto deberá imputarse a la U.O. 01-02-0-0-0-00 – Actividad Central 01- Actividad 01 - Inciso 1 - Partida Principal 1 - Partida Parcial 1 – Partida Subparcial 4 Personal Técnico del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTÍCULO 19º.- El egreso que demande lo dispuesto en los Artículos 2°, 5º, 11º y 14º del presente Decreto deberá imputarse a la U.O. 01-02-0-0-0-00 – Actividad Central 01 – Actividad 01 - Inciso 1 - Partida Principal 1 - Partida Parcial 3 – Partida Subparcial 5 Bonificación por Tarea Riesgosa del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTÍCULO 20º.- El egreso que demande lo dispuesto en el Artículo 8º del presente Decreto deberá imputarse a la U.O. 01-02-0-0-0-00 – Actividad Central 01 – actividad 01 - Inciso 1 - Partida Principal 1 - Partida parcial 3 – Partida Subparcial 8 Bonificación Remunerativa del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTÍCULO 21º.- El egreso que demande lo dispuesto en los Artículos 3°, 6º, 9º, 12º y 15º del presente Decreto deberá imputarse a la U.O. 01-02-0-0-0-00 – Actividad Central 01 – Actividad 01 - Inciso 1 - Partida Principal 1 - Partida Parcial 3 – Partida Subparcial 4 Fondo Compensador del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTÍCULO 22º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Presidente del Ente Municipal de Deportes y Recreación y Secretario de Gobierno.
ARTÍCULO 23º.- Regístrese, dese al Boletín Municipal y comuníquese por el Departamento de Recursos Humanos del Ente Municipal de Deportes y Recreación.
LC/Wgr
MACCIO BONIFATTI MONTENEGRO
REGISTRADO BAJO Nº 2539