Boletines/General Pueyrredon
Decreto Nº 2528/22
General Pueyrredon, 31/10/2022
Visto
las presentes actuaciones, y
Considerando
Que mediante las mismas se solicita el reconocimiento de los servicios prestados por varios agentes que se desempeñaron durante el mes de septiembre de 2022, como Guardavida de Playa I, en el Servicio de Seguridad en Playas con dependencia del Departamento Operativo de Control en Playas y Servicios de Guardavidas, con carácter de reemplazante.
Que a fs. 7 obra listado efectuado por el Departamento Operativo de Control en Playas y Servicios de Guardavidas, informando los días trabajados.
Que teniendo en cuenta que las personas cuyos servicios se reconocen por las funciones que cumplieron, se encuentran comprendidas en la Ley Provincial 13191, cabiendo la aplicación de la misma, implica la retención del 16% al I.P.S..
Que a fs. 6/7 y 9 prestan conformidad los señores Secretarios de Gobierno y de Economía y Hacienda.
Que la Dirección de Presupuesto, con fecha 25 de octubre de 2022, eleva el informe correspondiente.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º.- Reconócense los servicios prestados, por los agentes que se detallan en el Anexo I que forma parte integrante del presente Decreto, durante el período que para cada uno se indica, quienes se desempeñaron como GUARDAVIDA DE PLAYA I (C.F. 13-00-68-01 – 42 horas semanales), en el número de Orden que para cada uno se consigna, en el Servicio de Seguridad en Playas, con carácter de Personal Temporario Mensualizado, con dependencia del Departamento Operativo de Control en Playas y Servicios de Guardavidas (U.E. 02-24-0-0-1-00).
ARTÍCULO 2º.- Déjase expresamente establecido que las personas cuyos servicios son reconocidos mediante el presente Decreto, se encuentran comprendidas dentro de los alcances de la Ley Provincial Nº 13191.
ARTÍCULO 3º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional: 1-1-1-01-03-000 - Prog. 20-00-00 - Fin. y Func. 4-7-0 – UER. 3 – Inc. 1 – P.P. 2 – P.p. 1 – P.Sp. 1.
ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor SECRETARIO DE GOBIERNO.
ARTÍCULO 5º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y comuníquese por la Dirección de Personal.
p.m.
BONIFATTI MONTENEGRO
REGISTRADO BAJO Nº 2528
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N.ORDEN |
LEGAJO |
CUIL |
APELLIDO Y NOMBRES |
DESDE |
HASTA |
DESDE |
HASTA |
DESDE |
HASTA |
FTE. FIN. |
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12961 |
31835/9 |
20-28240863-6 |
FERNANDEZ GUILLERMO |
25/09/2022 |
30/09/2022 |
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110 |
|
12974 |
29464/12 |
20-23479930-5 |
GONZALEZ JESUS LEONARDO |
23/09/2022 |
30/09/2022 |
|
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|
110 |
|
12976 |
33064/8 |
20-34344302-2 |
RUDENICK MAXIMILIANO DAMIAN |
07/09/2022 |
09/09/2022 |
11/09/2022 |
14/09/2022 |
|
|
110 |
|
12883 |
35041/4 |
20-26574110-0 |
YANIBELLI SANTIAGO MARTIN |
09/09/2022 |
14/09/2022 |
22/09/2022 |
22/09/2022 |
27/09/2022 |
27/09/2022 |
110 |