Boletines/General Pueyrredon

Decreto Nº2484/22

Decreto Nº 2484/22

Publicado en versión extractada

General Pueyrredon, 27/10/2022

ARTÍCULO 1º.- Acéptase, a partir del 1º de Noviembre de 2022 la renuncia presentada por el agente LURASCHI, JOSE SERAFIN - Legajo Nº 20159/1 - CUIL Nº 20-11990644-0, al cargo de CAPATAZ GENERAL (C.F.6-18-70-01) - Nº de Orden S 0032 - módulo 48 hs. semanales, en el  Departamento Espacios Verdes del ENTE MUNICIPAL DE SERVICIOS URBANOS a fin de acogerse a los beneficios de la Jubilación Ordinaria de acuerdo a lo establecido en el artículo 24º del Decreto - Ley Nº 9650/80 (texto ordenado Decreto Nº 600/94).-

 

ARTÍCULO 2º.- Autorízase, a partir del 1º de Noviembre de 2022 el pago del Anticipo Jubilatorio, al agente mencionado en el Art. 1º del presente Decreto, de la suma de PESOS CIENTO OCHENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS SIETE CON 56/100 ($ 181.407,56), valores vigentes al mes de Octubre de 2022 y según lo establecido en la Ley Provincial Nº 12.950 y su modificatorias Ley Nº 13547 y 15.243.-

 

Imputación: U.E 02-18-2-1-5-00

 

ARTÍCULO 3º.- Procédase a firmar el convenio con el beneficiario tendiente a obtener el reintegro por parte del Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, de los importes que se abonen en carácter de anticipo.- 

 

ARTÍCULO 4º.- Déjase expresamente establecido que el agente cuya renuncia se acepta mediante el presente Decreto, percibirá el anticipo jubilatorio hasta el último período consignado por la Municipalidad en la comunicación que enviará oportunamente el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires (Formulario 611).-

 

ARTÍCULO 5º.- Autorizase, el pago al agente mencionado en el artículo 1° del presente Decreto, la suma PESOS SEISCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL CUATRO CON  65/100 ($ 645.004,65) en concepto de las siguientes Licencias Devengadas y no Gozadas: Treinta y cinco (35) días  generados en el año 2021 y Veintinueve (29) días proporcionales generados en el año en curso, según lo indicado en el Art. 16° de la Ordenanza Complementaria de Presupuesto Vigente.-

 

Imputación: 20-02-1-6-0-0 Beneficios y compensaciones

 

ARTÍCULO 6º.- Otórgase, al  agente mencionado en el artículo 1º del presente Decreto, la suma de PESOS UN MILLON DIECISIETE MIL SEISCIENTOS VEINTITRES CON 04/100 ($ 1.017.623,04), en concepto de retribución especial sin cargo de reintegro, equivalente a seis (6) mensualidades del básico de la categoría en que revista, sin descuento de ninguna índole, en razón de computar más de treinta (30) años de servicio en la Administración Pública, de conformidad con lo establecido en el Artículo 72º Inc. f), segundo párrafo de la Ley Provincial Nº 14656.-

 

Imputación: 20-02-1-1-7-1 Adicional  25 y 30 años de Servicios

 

ARTÍCULO 7º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno y por el señor Presidente del Ente Municipal de Servicios Urbanos.-

 

ARTÍCULO 8º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal, comuníquese por la Dirección de Personal del EMSUR e intervenga la Contaduría del mencionado Ente.-

Com./

 

D´ANDREA               BONIFATTI             MONTENEGRO

REGISTRADO BAJO Nº 2484