Boletines/Pinamar

Ordenanza Nº6199/2022

Ordenanza Nº 6199/2022

Pinamar, 24/06/2022

VISTO: El expediente Interno Nº 1854/14 caratulado "GENERACIÓN E INGRESO A LA RED DE ENERGÍA POR PARTICULARES"; y CONSIDERANDO: Que la referida norma ha puesto en ejecución en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, la Ley Nacional 27.424 que se encuentra vigente desde el mes de diciembre del año2017. Esta norma promueve la generación distribuida de energía eléctrica a partir de fuentes de energías renovables con destino al autoconsumo y a la inyección de eventuales excedentes de energía eléctrica a la red de distribución, todo ello bajo las pautas técnicas que fija su reglamentación en línea con la planificación eléctrica provincial y federal. Que entre sus objetivos, con los cuales no es dable disentir, se destaca la eficiencia energética, la reducción de pérdidas en el sistema interconectado, la potencial reducción de costos para el sistema eléctrico en su conjunto, la protección ambiental prevista en el artículo 41 de la Constitución Nacional y 28 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires. Propugna también contribuir a la protección de los derechos de los usuarios en cuanto a la equidad, no discriminación y libre acceso en los servicios e instalaciones de transporte y distribución de electricidad. Que el beneficio se extiende a todos los actores de la economía nacional, atento la reducción de costos, sumado a la disponibilidad energética, haría mucho más competitiva la industria y el comercio nacional, provincial y municipal. Que estos objetivos, plenamente compartidos por todas las fuerzas políticas provinciales, generan derechos a favor de los usurarios a instalar equipamiento para la generación distribuida, como así también el acceso a los beneficios promocionales a cargo de la Nación dispuestos en la ley federal, de los cuales se encontraban excluidos los habitantes de la Provincia de Buenos Aires, hasta la esperada sanción de la Ley Provincial 15325. Que por esta razón entendemos prioritario allanar el goce de los derechos de nuestros vecinos, y superar las vallas que impiden su ejercicio. Que la Ley Provincial bajo análisis, dispone en su artículo 8: “Invítase a los Municipios de la Provincia de Buenos Aires a adherir a la presente Ley y evaluar los posibles beneficios que resulten necesarios a los fines de promover la producción de la energía eléctrica distribuida mediante fuentes renovables.” Que es necesaria la creación de una mesa de trabajo, a efectos de elaborar un plan de trabajo y procedimientos, para realizar las adecuaciones contractuales y técnicas necesarias para que sea prontamente aplicada en el ámbito municipal. También para la difusión de los derechos y beneficios ya establecidos y, en su caso, incorpore otros estímulos para realizar instalaciones productoras de energía renovable en los edificios privados y públicos a construir, y con relación a los ya existentes, se lleve adelante un relevamiento para analizar su posible adecuación. Que asimismo, se estudie autorizar al Departamento Ejecutivo para que conceda beneficios tributarios a quienes se sumen a ésta iniciativa. POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante de Pinamar, en uso de facultades que le son propias sanciona la siguiente: ORDENANZA Nº 6199/2022

ORDENANZA

ARTICULO 1: Adhiérase, en el ámbito del Partido de Pinamar, a la Ley Provincial Nº 15325, referida a la generación distribuida de energía eléctrica a partir del uso de fuentes de energía renovables, para autoconsumo y la eventual inyección del excedente a la red eléctrica de distribución dentro del Partido de Pinamar.- ARTICULO 2: Invítese a la C.A.L.P. a inscribirse en la “Plataforma Digital de Acceso Público por Jurisdicción”, del Ministerio de Economía de la Nación, Secretaría de Energía, Generación Distribuida de Energía Renovable, ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial, cumplido, archívese.- Sala de Sesiones, 24 de junio de 2022