Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 3551
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 04/11/2022
Vistas las presentes actuaciones, atento la nota presentada por GABRIELA P. ULOVEC, Contribuyente Nº 90.916, mediante la cual solicita se lo exima de las tasas y derechos municipales, según lo establecido en la Ordenanza Nº 12925 y modificatorias, y;
CONSIDERANDO:
Que, la actividad llevada a cabo por el recurrente se encuentra inscripta como emprendimiento amparado por Ley Nº13.136 de Unidades Económicas de Actividades Laborales de Autoempleo y Subsistencia (ALAS), según se desprende de fojas 3, a la cual adhiere la Municipalidad de Bahía Blanca;
Que el Artículo Nº 4, de la Ordenanza Nº 12.925 prescribe “…Las Unidades Económicas de Actividades Laborales de Autoempleo y Subsistencia (ALAS) podrán gozar de la eximición de las tasas y derechos municipales que a continuación se detallan, según corresponda: a) Tasa por habilitación. b) Tasa por inspección de seguridad e higiene. c) Tasa por inspección veterinaria. d) Derechos de construcción. e) Derechos de oficina, solamente en lo referente a las actuaciones. f)Tasa por Otros Servicios Municipales...”;
Que según lo informado por el Departamento Recaudación a fojas 7, el recurrente se encuentra inscripto en la Tasa por Comercialización en la Vía Pública, y la misma no se encuentra contemplada en el mencionado articulo;
Por lo expuesto, la SUBSECRETARIA DE INGRESOS PUBLICOS, en uso de las facultades delegadas por el Decreto Nº 2900/2021:
- RESUELVE -
ARTICULO 1º): Denegar lo solicitado por GABRIELA P. ULOVEC, Contribuyente Nº 90.916, por no cumplimentarse con lo establecido en el Artículo Nº 4, de la Ordenanza Nº 12.925, en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente resolución.
ARTICULO 2º): Cumplir, notificar, dar al R.O., tomar nota el Departamento de Recaudación, hecho: ARCHIVESE.-