Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº3551

Resolución Nº 3551

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 04/11/2022

Vistas las presentes actuaciones, atento la nota presentada por GABRIELA P. ULOVECContribuyente Nº 90.916, mediante la cual solicita se lo exima de las tasas y derechos municipales, según lo establecido en  la Ordenanza Nº 12925 y modificatorias, y;

CONSIDERANDO:

Que, la actividad llevada a cabo por el recurrente se encuentra inscripta como emprendimiento amparado por Ley Nº13.136 de Unidades Económicas de Actividades Laborales de Autoempleo y Subsistencia (ALAS), según se desprende de fojas 3, a la cual adhiere la Municipalidad de Bahía Blanca;

Que el Artículo Nº 4, de la Ordenanza Nº 12.925 prescribe “…Las Unidades Económicas de Actividades Laborales de Autoempleo y Subsistencia (ALAS) podrán gozar de la eximición de las tasas y derechos municipales que a continuación se detallan, según corresponda: a) Tasa por habilitación. b) Tasa por inspección de seguridad e higiene. c) Tasa por inspección veterinaria. d) Derechos de construcción. e) Derechos de oficina, solamente en lo referente a las actuaciones. f)Tasa por Otros Servicios Municipales...”;

Que según lo informado por el Departamento Recaudación a fojas 7, el recurrente se encuentra inscripto en la Tasa por Comercialización en la Vía Pública, y la misma no se encuentra contemplada en el mencionado articulo;

Por lo expuesto, la SUBSECRETARIA DE INGRESOS PUBLICOS, en uso de las facultades delegadas por el Decreto Nº 2900/2021:

- RESUELVE -

ARTICULO 1º): Denegar lo solicitado por GABRIELA P. ULOVECContribuyente Nº 90.916, por no cumplimentarse con lo establecido en el Artículo Nº 4, de la Ordenanza Nº 12.925, en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente resolución.

ARTICULO 2º): Cumplir, notificar, dar al R.O., tomar nota el Departamento de Recaudación, hecho: ARCHIVESE.-