Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 281
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 28/06/2022
Visto las presentes actuaciones; y teniendo en cuenta la nota obrante a fojas 1 del expediente de referencia mediante la cual el Jefe de Departamento de Bromatología y Protección de la Salud, solicita el pago en forma excepcional de la factura N°5003-00019943 correspondiente a la carga de 611,385 Kg de Gas licuado de petroleo a granel en la boca Nº 368800, ubicada en el puesto de control bromatológico, sito en ruta 3 km 678, paraje El Triángulo;
Considerando que el día 25 de Mayo del 2022 se realizó la carga de gas licuado de petroleo a granel (G.L.P), mediante Suministro 530R-1138/2022, Orden de Compra Nº 1121/2022, recibiendose el día 26/05/2022 la factura de fs. 2 por un total de $117.110,51 y remito de entrega a fs. 3.
Que de la misma se desprende un desfasaje en el valor del precio unitario, que pasó de $163,1422 al momento de gestionar la Orden de Compra, a $191,5495 que es cuando efectivamente se realiza la carga en la boca del puesto de control bromatológico, siendo además política de la empresa completar el total de la boca.
Que se observa de las diferencias mencionadas que el importe de la Orden de Compra 1121/2022, de pesos ochenta mil ochocientos cuarenta y cinco con doce centavos ($80.845,12), se ve superado por dicho aumento en pesos treinta y seis mil doscientos sesenta y cinco con treinta y nueve centavos ($36.265,39) dada la FC Nº 5003-00019943 de pesos ciento diecisiete mil ciento diez con cincuenta y un centavos ($117.110,51).
Que el puesto de control no cuenta con gas natural por lo que se hace indispensable la carga de Gas Licuado de Petroleo a Granel, teniendo en cuenta que el servicio que se presta en dicho lugar es escencial para asegurar que los productos que ingresan a nuestra ciudad cumplan con las normas vigentes, actuando en resguardo de la salud pública.
Que a los efectos de una correcta higiene de los elementos y equipos que se utilizan en el trabajo diario, es necesario contar con agua caliente, como así también, en epoca invernal, se necesita para la calefacción de las instalaciones donde se desempeña el personal municipal.
Por todo lo expuesto, y teniendo en cuenta la documentación adjunta y la imputación de la Subdirección de Presupuesto y del Departamento Contaduría General a fojas 9, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
- R E S U E L V E -
ARTICULO 1°: Autorizase al Departamento Contaduría General a abonar la Factura N° 5003-00019943, por la suma PESOS CIENTO DIESCISIETE MIL CIENTO DIEZ CON CINCUENTA Y UN CENTAVOS ($117.110,51) a favor de YPF GAS S.A., CUIT: 30-51548847-9, correspondiente a la carga de 611,385 Kg de Gas Licuado de Petroleo a Granel en la boca Nº 368800, ubicada en el puesto de control bromatológico, sito en ruta 3 km 678, paraje El Triángulo, realizada el día 26 de mayo del 2022.
ARTICULO 2°: El gasto que demande lo dispuesto precedentemente deberá imputarse a la Fuente 110, Jurisdicción 1110107000, Categoría Programática 71.00.00, Gasto del presupuesto 2.5.6.0.
ARTICULO 3°: Cúmplase, notifíquese a YPF GAS S.A., dése al R.O, tome nota la Subdirección de Presupuesto, Departamento Contaduría General, Departamento Tesorería; hecho, ARCHIVESE.-