Boletines/General Villegas
Resolución Nº 957/17
General Villegas, 12/12/2017
Visto
Las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 6555/06, correspondientes a la habilitación de un comercio perteneciente a la señora Olga Cristina Bauta, dedicado a la explotación de los rubros “Despensa – Verdulería y frutería”, con fecha 14 de agosto de 2006, Contribuyente Nº 9064; y
Considerando
Que mediante Resolución Nº 674/07, se registró la habilitación provisoria del comercio (fojas 33).
Que por Resoluciones Nº 806/08, 503/10, 423/12 y 479/13 se prorrogó dicha habilitación.
Que por Expediente Nº 7290/14 Alcance 3, agregado al anterior como fojas 158, la recurrente comunica la baja de la actividad comercial, desde el 30 de junio de 2017.
Que acompaña constancia de baja de los Ingresos Brutos y AFIP, con fecha 30 de junio de 2017 (folios 161 a 163).
Que la Delegación Municipal de Santa Regina, informa que el contribuyente cesó en sus actividades (folio 164).
Que mediante Acta de Constatación Nº 5979, realizada el 1 de agosto de 2017, se constató que el comercio se encuentra cerrado (fojas 165).
Que Departamento de Rentas interviene a fojas 169, informando que el Contribuyente no registra deuda.
Que según las constancias obrantes en el Expediente, se cumplimenta con lo establecido en la Ordenanza Nº 3666, Capítulo VIII, Artículos Decimotercero y Decimocuarto.
Que a fojas 176 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos.
Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Regístrese la baja a partir del día 30 de junio de 2017, del comercio perteneciente a la señora Olga Cristina Bauta, DNI Nº 11.315.874, Contribuyente Nº 9064, habilitado con los rubros “Despensa – Verdulería y Frutería”, denominación comercial “Despensa Olga”, Codificadores de Rentas Nº 62100-04 y 62100-06, Usuario Nº 131 – Medidor Nº 3211041-3 – Serv. Gral. BC, con domicilio comercial en calle General Villegas Nº 574 de la localidad de Santa Regina, en el inmueble individualizado catastralmente como Circunscripción XI, Sección F, Manzana 34, Parcela 6a, no contando con empleados en relación de dependencia; atento a lo establecido por la legislación vigente y conforme a las constancias obrantes en el Expediente Nº 6555/06.
ARTÍCULO SEGUNDO: Deléguese en la Secretaría de Comercio e Inspección General, la facultad de notificar lo dispuesto precedentemente.
ARTÍCULO TERCERO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretarías de Seguridad y de Comercio e Inspección General, Dirección de Rentas, División Comercio e Inspección, División Centro de Cómputos, Departamento Catastro, Contaduría y Procesamiento de la Recaudación y Dirección de Asuntos Jurídicos; cúmplase y archívese.