Boletines/General Villegas
Decreto Nº 2017/2017
General Villegas, 12/12/2017
Visto
El Expediente Nº 12150/16, correspondientes al Concurso de Precios Nº 42/16 destinado a la “Adquisición y colocación de cielorraso de roca de yeso” para la Obra “Museo Municipal de Bellas Artes”, autorizado por Decreto Nº 1708/16; y
Considerando
Que la Directora de Edificios Públicos, Administración y Salud, manifiesta que se procedió a dar conformidad al Acta de Recepción Definitiva de los trabajos pertenecientes al concurso mencionado, con fecha 27 de noviembre de 2017 y debería procederse a la devolución del Pagaré sin protesto aportado en concepto de garantía de mantenimiento de oferta y el dinero en efectivo retenido por sustitución de Fondos de Reparo correspondientes al 5% de cada certificado de obra, al señor Rubén Oscar Frey.
Que de acuerdo a lo establecido en las Especificaciones Legales Generales del Pliego de Bases y Condiciones de la licitación, se deberá proceder conforme a lo solicitado.
Que a fojas 91, Contaduría Municipal informa imputación.
Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Dése por recibida definitivamente la totalidad de los trabajos correspondientes al Concurso de Precios Nº 42/16 destinado a la “Adquisición y colocación de cielorraso de roca de yeso” para la obra “Museo Municipal de Bellas Artes”, según acta del día 27 de noviembre de 2017, firmada entre la Municipalidad de General Villegas y el señor Rubén Oscar Frey en su carácter de adjudicatario, conforme a las constancias obrantes en el Expediente Nº 12150/16.
ARTÍCULO SEGUNDO: Devuélvase a los señores Rubén Oscar Frey, el pagaré sin protesto certificado por la suma de Pesos veintisiete mil doscientos ($27.200,00) aportado en concepto de garantía de mantenimiento de oferta del concurso mencionado en el artículo primero y dinero en efectivo por sustitución de fondos de reparo correspondiente al 5% de cada certificado de obra, según el siguiente detalle:
ARTÍCULO TERCERO: La presente erogación deberá ser imputada a la siguiente Partida:
ARTÍCULO CUARTA: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretarías de Hacienda y Finanzas y de Obras y Servicios Públicos, Dirección de Edificios Públicos, Administración y Salud, Contaduría, Tesorería y Compras; cúmplase y archívese.