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Decreto Nº2913

Decreto Nº 2913

Bolivar, 31/10/2022

Visto

El Decreto N° 144-22, de fecha 18 de enero de 2022, y el Decreto N° 200-22, de fecha 24 de enero de 2022, y;

 

Considerando

Que mediante el Decreto 144-22, de fecha 18 de enero de 2022, se delegó la atención y firma del despacho de la Secretaría de Hacienda, a cargo de la Cra. Romera Gisela Jazmín, en la Secretaria Legal y Técnica, a cargo de la Dra. Eldi Mariana Soledad, a partir del 20 de Enero de 2022 hasta el día 31 de Enero de 2022 inclusive, por descanso anual de la Sra. Secretaria de Hacienda;

 

Que en el Decreto N° 200-22, de fecha 24 de enero de 2022, se estableció el marco regulatorio para  las deducciones de la base imponible de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, para el rubro de Venta de Combustibles Líquidos al por Mayor y al por Menor;

 

Que por error involuntario en el Decreto N° 200-22, se consignó la firma de la Sra. Secretaria de Hacienda, Cra. Romera Gisela Jazmin;

 

Que el presente decreto subsana dicho error;

 

Que la presente medida se adopta con arreglo a lo normado en el Art. 107 de la Ley Orgánica Municipal;

 

Por ello;

 

EL Intendente Municipal del Partido de Bolívar

 

DECRETA

 

Artículo 1: Dispónese la rectificación del Decreto N° 200-22, de fecha 24 de enero de 2022, que como ANEXO ÚNICO forma parte integrante del presente.

 

Artículo 2: El presente Decreto será refrendado por la Sra. Secretaria Legal y Técnica.

 

Artículo 3: Comuníquese, dése al Libro de Decretos y cumplidos los tramites de estilo, archívese.

 

 

 

 

 

Anexos

200-22

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