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Decreto Nº2453/22

Decreto Nº 2453/22

General Pueyrredon, 21/10/2022

Visto

las presentes actuaciones, y

Considerando

Que mediante las mismas la Secretaria de Salud, atento a  lo solicitado por la División Coordinación SAME ante la necesidad de incorporar choferes para el servicio de cobertura móvil de emergencias en la vía pública es que requiere la designación del señor Iván Daniel  D’Onofrio como chofer I, con 36 hs. semanales.

 

Que asimismo la referida Secretaría  atento a lo solicitado por la División Atención de la Mujer ante la necesidad de brindar una respuesta a la alta demanda del área de Patología Cervical, es que requiere la designación de un Profesional Carrera Mayor I (Citotécnica), con 30 hs. semanales.

 

Que las presentes designaciones son en Planta Permanente y con carácter provisional hasta el cumplimiento del plazo establecido en el Artículo 4º de la Ley 14656.

 

Que por Ordenanza Nº 25393 (Decreto Nº 0657/2022) ha sido aprobado el Cálculo de Recursos y el Presupuesto de Gastos del ejercicio 2022, para la Administración Central, quedando facultado el Departamento Ejecutivo para reasignar créditos presupuestarios del inciso Gastos en Personal.

 

Que por lo expuesto es necesario efectuar distintas modificaciones en la Planta de Personal Temporaria y Permanente de la Administración Central.

 

 

Que la Dirección de Presupuesto, con fecha 19 de septiembre de 2022,  eleva el informe correspondiente.

 

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

 

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

ARTÍCULO 1º.- Modifícase, la Planta de Personal Permanente de la Administración Central, dando de baja el cargo que se menciona a continuación, a partir de la fecha:

 

U.E. 11-01-1-0-4-01 – Institucional 1-1-1-01-08-000 – Prog. 27-00-00 – Fin. y Func. 3-1-0 – UER 8 – CAPS Nº2 “DR.  ARTURO OÑATIVIA”.

 

Nº O.                    C.F. Baja                         Denominación           

 

1141                  2-21-66-13                  Odontólogo Especializado   

 

ARTÍCULO 2º.- Modifícase, la Planta de Personal Temporaria de la Administración Central, dando de baja el cargo que se menciona a continuación, a partir de la fecha:

 

U.E. 11-01-3-0-1-00 – Institucional 1-1-1-01-08-000 – Prog. 35-00-00 – Fin. y Func. 3-1-0 – UER 8 – DEPARTAMENTO DE SALUD MENTAL.

 

Nº O.                    C.F.Baja                    Denominación                      Meses

 

13283                    2-22-64-08                Psicólogo Superior    8         

                  

ARTÍCULO 3º.- Modifícase, la Planta de Personal Temporaria de la Administración Central, dando de alta el cargo que se menciona a continuación, a partir de la fecha:

 

U.E. 11-01-1-0-4-01 – Institucional 1-1-1-01-08-000 – Prog. 27-00-00 – Fin. y Func. 3-1-0 – UER 8 – CAPS Nº2 “DR.  ARTURO OÑATIVIA”.

 

Nº O.                    C.F.Alta                     Denominación                        Meses

 

13295                   2-17-65-16               Profesional Carrera Mayor I               8

 

ARTÍCULO 4º.- Modifícase, la Planta de Personal Permanente de la Administración Central, dando de alta los cargos que se mencionan a continuación, a partir de la fecha:

 

U.E. 11-01-1-0-3-02 – Institucional 1-1-1-01-08-000 – Prog. 27-00-00 – Fin. y Func. 3-1-0 – UER 8 – CAPS “AMEGHINO”.

 

Nº O.                       C.F. Alta                     Denominación 

 

22875                     7-06-66-04                         Chofer I

 

U.E. 11-01-0-0-0-03 – Institucional 1-1-1-01-08-000 – Prog. 27-00-00 – Fin. y Func. 3-1-0 – UER 8 – DIVISION ATENCION DE LA MUJER.

 

Nº O.                       C.F. Alta                     Denominación 

 

22876                     2-17-65-16              Profesional Carrera Mayor I

 

ARTÍCULO 5º.- Desígnase, a partir de la fecha de su notificación, al señor IVAN DANIEL D’ONOFRIO (Legajo Nº 37.009/1 – CUIL 20-34670975-9), en planta permanente y con carácter provisional, hasta el cumplimiento del plazo establecido en el Artículo 4º de la Ley 14656,  como CHOFER I  (C.F. 7-06-66-04 – 36 hs. semanales – Nº de Orden 22875), para cumplir funciones en la División Coordinación SAME, de lunes a domingo en horario matutino,  vespertino y/o nocturno,  en el móvil de emergencias apostado en el CAPS Ameghino (U.E. 11-01-1-0-3-02).

 

ARTÍCULO 6º.- Desígnase, a partir de la fecha de su notificación, a la señorita PATRICIA VERONICA GONZALEZ (Legajo Nº 37.002/1 – CUIL 27-31416035-0), en planta permanente y con carácter provisional, hasta el cumplimiento del plazo establecido en el Artículo 4º de la Ley 14656, como PROFESIONAL CARRERA MAYOR I (CITOTECNICA) (C.F. 2-17-65-05 – 30 hs. semanales – Nº de Orden 22876), con dependencia de la División Atención de la Mujer (U.E. 11-01-0-0-0-03), para cumplir funciones en Laboratorio de Patología Cervical ubicado en el CAPS Nº 1 “Dr. Arturo Illia”, en horario matutino y/o vespertino.

 

ARTÍCULO 7º.- Acuérdase, a los agentes mencionados mediante los Artículos 5º y 6º del presente Decreto,  a partir de la fecha de su notificación, la Bonificación por Actividad Crítica, equivalente al DIEZ POR CIENTO (10%), de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto Vigente.

 

ARTÍCULO 8º.- Acuérdase, al  agente mencionado mediante el Artículo 5º del presente Decreto, a partir de la fecha de su notificación,  la Bonificación por Tarea Riesgosa equivalente al TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%), de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.

 

ARTÍCULO 9º.- Acuérdase, a la  agente mencionada mediante el Artículo 6º del presente Decreto, a partir de la fecha de su notificación,  la Bonificación por Tarea Riesgosa del  VEINTICINCO POR CIENTO (25%), de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.

 

ARTÍCULO 10º.- Acuérdase, a la agente mencionada mediante el Artículo 6º del presente Decreto, a partir de la fecha de su notificación, la Bonificación Especial para el Grupo Ocupacional Profesional, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.

 

ARTICULO 11º.- Acuérdase, a los agentes mencionados mediante los Artículos 5º y 6º del presente Decreto, a partir de la fecha de su notificación, el Fondo Compensador, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.

 

ARTÍCULO  12º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional: 1-1-1-01-08-000 - Prog. 27-00-00 - Fin. y Fun. 3-1-0 – UER. 8 – F.Fin. 1-1-0 - Inc. 1 – P.P. 1 – P.p. 1.

Para Art. 5º: P.Sp. 7. Para Art. 6º: P.Sp. 3.

Para Art. 7º: Inc. 1 – P.P. 1 - P.p. 3 – P.Sp. 3 - Ap. 1.

Para Art. 8º y 9º: Inc. 1 – P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 5 – Ap.1.

Para Art. 10º: Inc. 1 – P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 4 – Ap.3.

Para Art. 11º: Inc. 1 – P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 4 – Ap.4.

 

ARTÍCULO 13º.- El presente Decreto será refrendado por la señora SECRETARIA DE SALUD y el señor SECRETARIO DE GOBIERNO.

 

ARTÍCULO 14º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y comuníquese por la Dirección de Personal.

Ab.

 

BERNABEI               BONIFATTI                     MONTENEGRO

REGISTRADO BAJO Nº 2453