Boletines/Lobería

Ordenanza Nº2693-22

Ordenanza Nº 2693-22

Lobería, 04/11/2022

VISTO:

Lo dispuesto por los artículos 41, 77 primer párrafo, 107 y 108 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, el Decreto del Departamento Ejecutivo Municipal Nº 1.622/22; y

CONSIDERANDO:

 QUE, la Municipalidad celebró un Convenio con la Dirección de Hidráulica de la Provincia de Buenos Aires que tiene por objeto el Proyecto de Desagües Pluviales de las cuencas Moreno, Necochea y Díaz Defferrari Partido de Lobería;

QUE, mediante Decreto del Departamento Ejecutivo Municipal Nº 1.622/22 se procedió a su registración, agregándose al acto administrativo de referencia el instrumento legal celebrado;

 QUE, para la ejecución del mismo, resulta necesaria su convalidación por parte de ese Honorable Cuerpo mediante la sanción de la disposición correspondiente;

POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LOBERIA, de acuerdo a las atribuciones que le son propias, aprueba la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º CONVALÍDASE el CONVENIO celebrado Ad Referéndum del Honorable Concejo Deliberante y registrado por Decreto Nº 1.622/22, entre la Municipalidad de Lobería, representada por el Intendente Municipal JUAN JOSÉ FIORAMONTI y la Dirección de Hidráulica de la Provincia de Buenos Aires, representada por su Director Ing. FLAVIO SEIANO, que tiene por objeto el Proyecto Ejecutivo de Desagües Pluviales de las cuencas Moreno, Necochea y Diaz Defferrari Partido de Lobería.

ARTÍCULO 2° Incorpórense como Anexo Único acto administrativo citado en el Artículo 1º y Convenio respectivo.

ARTÍCULO 3º Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro de Ordenanzas, cumplido, ARCHÍVESE.  

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL H. CONCEJO DELIBERANTE DE LOBERIA, A LOS TRES DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS, SANCIONADA POR UNANIMIDAD.-

ORDENANZA Nº  2693-22

 

 

LOBERÍA, 15 DE SETIEMBRE DE 2022

VISTO:                           

Lo dispuesto por los artículos 41, 107 y 108 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, y

CONSIDERANDO:

Que, el Municipio suscribió un Convenio con la Dirección de Hidráulica de la Provincia de Buenos Aires, que tiene por objeto el Proyecto Ejecutivo de Desagües Pluviales de las cuencas Moreno, Necochea y Diaz

Defferrari Partido de Lobería;

Que, la Dirección elaborará la documentación técnica de acuerdo a las normas de ejecución de proyectos de desagües, conformada por el proyecto hidrológico e hidráulico, planos, especificaciones técnicas, cómputo y presupuesto y estudio de impacto ambiental de las obras hidráulicas;

Que, previo al inicio de las tareas, el municipio entregará en forma de plano y/o informes los antecedentes de las obras de infraestructura de desagües cloacales y de agua corriente, existentes y proyectadas y cualquier otra interferencia subterránea a destacar en la zona de estudio, plano de calles pavimentadas, antecedentes de estudios de suelos y antecedentes geológicos;

Que, el organismo provincial asignará una comisión de trabajo integrada por profesionales, técnicos y administrativos constituida por seis (6) agentes y llevará a cabo el Plan de Trabajo conformado por la recopilación de antecedentes, elaboración de planos, especificaciones técnicas particulares, cómputo y presupuesto y estudio de impacto ambiental;

Que, la Municipalidad se hará cargo del pago del monto equivalente a viáticos del personal y pago de gastos generales de insumos;                               

Que, el plazo se fija en noventa (90) días corridos a partir de la firma del Acta de Inicio;               

Que, el instrumento legal mencionado, será oportunamente elevado al Honorable Concejo Deliberante para su convalidación;                            

Por todo ello y en ejercicio de facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, dicta el siguiente:

DECRETO

ARTÍCULO 1.- REGÍSTRASE, Ad-Referendum del Honorable Concejo Deliberante, el CONVENIO celebrado entre la Municipalidad de Lobería, representada por el Intendente Municipal JUAN JOSÉ FIORAMONTI y la Dirección de Hidráulica de la Provincia de Buenos Aires, representada por su Director Ing. FLAVIO SEIANO, que tiene por objeto el Proyecto Ejecutivo de Desagües Pluviales de las cuencas Moreno, Necochea y Diaz Defferrari Partido de Lobería.

ARTÍCULO 2.- El referido instrumento legal consta en el Libro de Contratos Año 2022 con el número 372.

ARTÍCULO 3.- Los gastos que demande la aplicación del Contrato, serán imputados a la Partida:“1110104000 Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos – 37 Dirección de Obras de Infraestructura – 76 Desagüe Pluvial” del Presupuesto de Gastos vigente.

ARTÍCULO 4.- Tomen conocimiento Asesoría Letrada, Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, Contaduría Municipal y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido,ARCHÍVESE.

DECRETO Nº 1.622-22

Anexos

ANEXO I

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