Boletines/Adolfo Alsina
Ordenanza Nº 4679/22
Adolfo Alsina, 11/05/2022
VISTO: Lo solicitado por el Golf Club Carhué. Y;
CONSIDERANDO: que, dicha Institución trabaja denodadamente para tener en condiciones el predio.
Que, el deporte que allí se realiza, genera no solo una oferta más que importante y única a la localidad, sino que también es atractivo de localidades vecinas y Distritos vecinos, aportando con ello al desarrollo turístico y natural de la localidad de Carhué.
Que, la comisión Directiva, se compromete a realizar los trabajos de fumigación con la responsabilidad que la misma exige, tomando los recaudos necesarios para ello.
Que, el uso de agroquímicos de manera cuidada en el predio es fundamental para la práctica del deporte en todo su esplendor.- Por ello:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ADOLFO ALSINA, EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES, APRUEBA Y SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
Artículo 1°.- Autorizase, por vía de excepción a la Ordenanza N°3840/14, a “Golf Club Carhué”, a realizar la aplicación de fitosanitarios en el predio donde se encuentra la Cancha del Golf.-
Artículo 2°.- El Golf Club Carhué, no podrá realizar ningún tipo de aplicación, sin antes haber informado y recibido autorización escrita de la Autoridad de Aplicación (según Ordenanza 3840/14), y cumplir con lo siguiente:
Artículo 3°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.-
DADA Y SELLADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ADOLFO ALSINA, EN SESIÓN ORDINARIA, A LOS CUATRO DÍAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL VEINTIDOS.-
Fdo.: “Stella Maris STEVSSEL – Secretaria Legislativa H.C.D. Adolfo Alsina, María de los Ángeles FERNÁNDEZ – Presidente H.C.D. Adolfo Alsina”