Boletines/La Plata
Decreto Nº 3544/22
La Plata, 28/10/2022
Visto
el presente Expediente Nro. 4061-1200032/2022, la Ley 6021, el Decreto Ley 6769/58, y sus posteriores modificatorias, por las cuales la SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS solicita la ejecución de la obra denominada “PAVIMENTACION Y ENSANCHE AVENIDA 31 ENTRE 520 Y 514” y
Considerando
Que la Subsecretaría de Obras Públicas e Hidráulica adjunta Memoria Descriptiva, Planillas de Cómputo y Presupuesto y el Pliego de Bases y Condiciones en donde constan las Especificaciones Legales y Técnicas que deben reunir las empresas que deseen participar de la presente licitación pública.
Que se afectó preventivamente la partida presupuestaria pertinente mediante solicitud de gastos por la suma de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y SEIS MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y UN MIL TRESCIENTOS SESENTA Y TRES con 98/100 ($ 246.581.363,98) equivalente al Presupuesto Oficial.
Que obra glosado el decreto nº 2381 mediante el cual se aprueba el Pliego de Bases y Condiciones, se llama a LICITACION PUBLICA N° 54, se establece fecha de apertura, y así también su correspondiente publicación.
Que a continuación obra glosada la documentación presentada por las firmas BRIALES S.A y PELQUE S.A requerida en el Pliego de Bases y Condiciones.
Que con fecha 15/09/2022 se llevó a cabo la apertura de sobres, en el que se presentaron las siguientes propuestas: OFERTA Nº 1 Perteneciente a la firma BRIALES S.A. quien presenta póliza en garantía de mantenimiento de oferta por la suma correspondiente al uno por ciento (1%) del importe total del presupuesto oficial y, cotizando para la ejecución de la obra la suma de PESOS CUATROCIENTOS TREINTA Y NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS CUARENTA con 84/100 ($ 439.495.240,84). OFERTA Nº 2 Perteneciente a la firma PELQUE S.A. quien presenta póliza en garantía de mantenimiento de oferta por la suma correspondiente al uno por ciento (1%) del importe total del presupuesto oficial y, cotizando para la ejecución de la obra la suma de PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS VEINTINUEVE con 99/100 ($ 458.299.529,99).
Que la Subsecretaría Legal y Técnica realizó un estudio pormenorizado de la documentación presentada por las empresas BRIALES S.A y PELQUE S.A advirtiendo que del control de legalidad realizado, las propuestas presentadas por las firmas antes enunciadas han cumplimentado con la totalidad de la documentación esencial exigida en el Pliego de Bases y Condiciones. Asimismo, advierte que ambas firmas han supeditado su oferta al previo desembolso de un anticipo financiero equivalente al 30% lo que representa una variación financiera respecto de las condiciones establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones, atento que este último establece expresamente que no corresponde dicho anticipo.
Que a continuación la Comisión de Evaluación emite el respectivo dictamen técnico teniendo en cuenta los valores cotizados por los oferentes, encontrando que la oferta correspondiente a la firma BRIALES S.A representa un 78,24% de aumento respecto al presupuesto oficial, en tanto, la oferta de la firma PELQUE S.A supera un 85,86% el presupuesto oficial. Asimismo, menciona que el Presupuesto Oficial se realizó de acuerdo al justiprecio costo-costo suministrado por la Dirección Provincial de Vialidad de Bs As (DVBA), indicado al mes de mayo del 2022 y que dicho justiprecio fue convalidado oportunamente por el organismo de financiamiento con fecha de julio 2022. Consecuentemente, habiéndose recibido las ofertas en el mes de septiembre, consultado que fue dicho organismo y teniendo en consideración las variabilidades en los insumos, equipos y mano de obra que se viene produciendo durante el corriente año, procedió a rechazar las ofertas presentadas por las firmas antes enunciadas.
Que en razón, de todo lo antes descripto dicha Comisión “aconseja rechazar las ofertas por no ser económicamente convenientes, realizar una actualización del Prepuesto Oficial y proceder a un nuevo Ilamado”.
Que en atención a todo lo antes descripto, corresponde rechazar las ofertas para la presente licitación, en un todo de acuerdo a lo normado por el Art. 23 de la Ley de Obras Publicas -6021-.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTICULO 1º: Déjese sin efecto la LICITACIÓN PÚBLICA Nº 54/2022 para la ejecución de la obra “PAVIMENTACION Y ENSANCHE AVENIDA 31 ENTRE 520 Y 514”, en un todo de acuerdo a los considerandos del presente.-
ARTICULO 2º: Desaféctese lo atendido con imputación a la U.E. 72 - SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS - Jurisdicción 1110162000 - Fuente de Financiamiento: 133 de origen Nacional.-
ARTÍCULO 3º: Autorizase la devolución de la garantía de mantenimiento propuesta a las firmas BRIALES S.A y PELQUE S.A.-
ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Obras y Servicios Públicos.-
ARTICULO 5°: Regístrese, notifíquese a los oferentes y pase a la Contaduría General para la desafectación de la imputación.-
Dr. Julio César Garro. Intendente. Dr. Luis Esteban Barbier. Secretario de Obras y Servicios Públicos.