Boletines/General Pueyrredon
Resolución Nº 2092/22
General Pueyrredon, 28/10/2022
Visto
las presentes actuaciones, y
Considerando
Que mediante las mismas la Secretaría de Educación a los fines del mantenimiento de servicios esenciales para la población, solicita la designación de varios agentes, en distintos establecimientos educacionales.
Por ello, en uso de las facultades delegadas mediante Decreto Nº 0916/2020,
EL SECRETARIO DE EDUCACIÓN
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º.- Designar a los agentes que seguidamente se detallan, en los cargos y establecimientos educacionales que se consignan, durante los periodos que en cada caso se indican:
PROFESOR ENSEÑANZA INICIAL Y PRIMARIA
a) U.E. 08-02-2-1-1-18 – Jardín de Infantes Nº 18 “Edmundo D`Amicis”
b) U.E. 08-02-2-1-2-11 – Escuela Nº 11 “Fortunato de la Plaza”
PROFESOR ESCUELA SECUNDARIA
c) U.E. 08-02-2-1-5-04 – Escuela Municipal de Educación Secundaria Nº 204 “Osvaldo Soriano”
d) U.E. 08-02-2-1-5-09 – Escuela Municipal de Educación Secundaria Nº 209 “Hidelberg Ferrino”
ARTÍCULO 2º.- Acordar, a los agentes mencionados en el Artículo 1º, durante los periodos que allí se indican, la BONIFICACIÓN REMUNERATIVA NO JERARQUICOS – ENSEÑANZA SECUNDARIA, ARTISTICA, FORMACION PROFESIONAL Y SUPERIOR 03-2014 – MODALIDAD FONID, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 3º.- Acordar, a los agentes mencionados en el Artículo 1º, durante los períodos que allí se indican, la BONIFICACIÓN ESPECIAL DOCENTE, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 4º.- Acordar, al agente mencionado en el Artículo 1º Incs. a) y b), durante los períodos que allí se indican, la BONIFICACIÓN POR UBICACIÓN DOCENTE (Desfavorable I) del TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo básico que perciben, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 5º.- Acordar, a los agentes mencionados en el Artículo 1º Incs. c) y d), durante los períodos que allí se indican, la BONIFICACIÓN POR UBICACIÓN DOCENTE (Desfavorable I) del TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo básico que perciben, ad-referéndum Resolución expediente 8911-6-12.
ARTÍCULO 6º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-06-000 - UER 10 - F.Fin. 110 - Inc. 1 - para el Inc. a) Programático: 24-00-00 – para el Inc. b) Programático 25-00-00 – para los Incs. c) y d) Programático 56-00-00 – Fin/Fun. 3-4-2 - P.P. 2 - P.p. 1 - P.Sp. 4 – para el Art. 2º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 - Ap. 12 – para el Art. 3º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 3 - F.Fin. 131 – para los Arts. 4º y 5º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 - Ap. 2.
ARTÍCULO 7º.- Registrar, dar al Boletín Municipal y comunicar por la Dirección de Personal.
l.G
PUGLISI