Boletines/Lobería

Decreto Nº159/18

Decreto Nº 159/18

Lobería, 24/01/2018

DESÍGNASE

Visto

Las atribuciones conferidas por los artículos 107 y 108 Inciso 17º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ley Provincial 14.656, el artículo 49 de la Ordenanza  Nº 1973/15 y su Decreto Reglamentario Nº 1.167/16 –Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería-, la Ordenanza Nº 2.155/17, la Nota Nº 24.674/17, el Expediente Nº 4066-075/16; y

 

Considerando

QUE, por Nota Nº 24.674/17, Expediente Nº 4066-075/16, la Directora Administrativa del Sistema Municipal de Salud, CDRA. AUGUSTA LAHORE, solicita la designación de personal destajista, para prestar servicios en la especialidad de Anestesiología en dicho nosocomio, a partir del 1º de enero y hasta el 31 de diciembre de 2018, inclusive;

QUE, motiva este pedido, no contar con personal suficiente en planta permanente;

POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL INTERINO DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en uso de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:

  D  E  C  R  E  T  O

ARTÍCULO 1.- DESÍGNASE, en carácter de destajistas, a partir del 1º de enero y hasta el 31 de diciembre de 2018 inclusive, a los profesionales que se detallan, para prestar servicios en la especialidad de Anestesiología en el Hospital Municipal “Gaspar M. Campos”:

APELLIDO Y NOMBRE                                                     DOCUMENTO

ACOSTA, FABIÁN MARCELO                                             17.455.991

HUNGER, ROLANDO                                                          12.516.635

MOYANO, GUILLERMO                                                      16.440.578

VIERA, GONZALO                                                               22.164.093

MOSSO, RICARDO                                                             16.729.252

 

ARTÍCULO 2.- El monto a abonar por día de trabajo a cada uno de los agentes será de PESOS  VEINTIÚN MIL DOSCIENTOS SETENTA Y NUEVE CON CERO SIETE  CENTAVOS ($ 21.279,07.-), por guardia los días de semana, resultando, luego de aplicar los descuentos correspondientes, una suma efectiva de PESOS DIECIOCHO MIL TRESCIENTOS ($ 18.300) correspondiendo al Municipio, efectuar aportes patronales por I.P.S. $ 2.553,48 y, la suma de PESOS VEINTITRÉS MIL CUATROCIENTOS CINCO CON SETENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 23.405,78) por guardia los fines de semana y días feriados, resultando, luego de aplicar los descuentos correspondientes, una suma efectiva de PESOS VEINTE MIL CIENTO VEINTIOCHO CON NOVENTA Y SIETE CENTAVOS ($ 20.128,97) correspondiendo al Municipio, efectuar aportes patronales por I.P.S. $ 2.808,69. La certificación se realizará en forma mensual, previa verificación del área correspondiente.

ARTÍCULO 3.- El presente gasto se imputará a la Partida: “1110110000 Secretaría de Salud y Desarrollo Social – 23.01 Dirección Hospital Municipal - 1.2.1.0. Retribuciones del Cargo” del Presupuesto de Gastos vigente.

ARTÍCULO 4.- Tomen conocimiento Dirección Administrativa del Sistema Municipal de Salud,  Oficina de Personal, Contaduría Municipal, Oficina de Seguros y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHÍVESE.

 

 MARIO ALBERTO TERUGGI                                 ING. LEANDRO MIGUEL STORTI

SECRETARIO DE GOBIERNO                          INTENDENTE MUNICIPAL INTERINO

DECRETO Nº 159-18