Boletines/General La Madrid
Decreto Nº 1330
General La Madrid, 28/09/2022
Visto
La solicitud realizada por el Instituto Superior de Formación Docente y Técnica N°72 “Manuela Goenaga” en relación al uso y ocupación de la vía publica; y,
Considerando
Que debido al gran incremento de flujo educativo que presenta hoy día dicho establecimiento, dado por la utilización de sus instalaciones por la Escuela de Educación Secundaria Técnica N°1 de nuestra localidad, es que se hace necesario reforzar los niveles de seguridad vial y transito en dichas inmediaciones, junto con la utilización de un espacio de la vía publica contigua al establecimiento para crear un bicicletero a disposición de dichos estudiantes y cuerpo docente.
Que el artículo 226 del decreto-ley 6769/58 faculta al Departamento Ejecutivo a autorizar el uso y ocupación de la vía publica, y en consecuencia cobrar el respectivo canon al efecto.
Que los permisos que se concedan en la vía pública tendrán carácter precario y serán otorgados previa solicitud del interesado al Departamento Ejecutivo.
Que ha tomado intervención la secretaria de Obras y Servicios Públicos a efectos de delimitar las medidas de seguridad que se deberán verificar previo al otorgamiento de los permisos.
Que será requisito indispensable para el otorgamiento del permiso que el establecimiento educativo cuente con un seguro de responsabilidad civil para estos usos o amplíen el que tengan vigente.
Que dicho establecimiento educativo queda exento del pago del canon respectivo por este uso de la vía publica, por lo normado en el art. 53 inc. a, de la Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente.-
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE GENERAL LA MADRID EN USO DE LAS FACULTADES OTORGADAS POR LA LEY
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º: Otorgase al Instituto Superior de Formación Docente y Técnica N°72 “Manuela Goenaga”, un permiso con carácter precario y revocable, para la ocupación de la vía pública para un estacionamiento de bicicletas, ubicado en la calle Moreno N°353 entre Azcuénaga y Rivadavia de esta ciudad. -
ARTICULO 2º: La autorización conferida en el artículo precedente podrá ser revocada por el Departamento Ejecutivo en cualquier momento, de oficio o a pedido de parte, sin reclamo ni resarcimiento alguno hacia quien lo solicite. -
ARTICULO 3º: Exímase del 100% en el pago de los “Derechos de Ocupación o Uso de Espacios Públicos” en virtud de lo establecido por el artículo 53º inc. A de la Ordenanza Fiscal Vigente, al Instituto Superior de Formación Docente y Técnica N°72 “Manuela Goenaga”, para gozar de la ocupación de la vía pública para la implantación de un estacionamiento de bicicletas. -
ARTÍCULO 4º: El solicitante de la autorización será exclusivamente responsable de todo perjuicio que se genere tanto a la Municipalidad de General La Madrid como a terceros, para lo cual será requisito indispensable que el establecimiento educativo cuente con un seguro de responsabilidad civil para estos usos o amplíe el que tengan vigente. -
ARTICULO 5º: Comuníquese, publíquese, regístrese y cumplido, archívese. -