Boletines/Tandil
Decreto Nº 3965/2022
Tandil, 26/10/2022
Visto
La Ley Orgánica de las Municipalidades; la Ley Provincial N° 14.656 (Estatuto para el personal de las Municipalidades); la estructura orgánico-funcional del Departamento Deliberativo; el CCT de los Trabajadores Municipales del Partido de Tandil; los Decretos Nº 3928 y 3949 de este HCD; el Acta Acuerdo de fecha 17 de octubre de 2022 suscripta entre el Departamento Ejecutivo y el Sindicato de Trabajadores Municipales de Tandil, mediante el cual se ha convenido un incremento de los sueldos básicos (equivalente al 60% en cuatro veces) y asimismo se acordó el otorgamiento de una bonificación no remunerativa en la suma de pesos diez mil ($ 10.000,00); el Decreto Nº 3710/2022 del Departamento Ejecutivo resultante de la mencionada Acta Acuerdo; y
Considerando
Que el Art. 6º del Decreto del HCD Nº 3949/2022 establece que “El presidente del HCD realizará el correspondiente acto administrativo para cualquier incremento salarial o bonificación determinada en la correspondiente negociación colectiva.”;
EL PRESIDENTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA EL SIGUIENTE:
DECRETO
ARTÍCULO 1º: Incrementénse los sueldos básicos para todo el personal del Concejo Deliberante, tomando como base los sueldos básicos vigentes al mes de marzo de 2022, de acuerdo a los porcentajes y a partir de las fechas que se detallan a continuación:
ARTÍCULO 2º: Otórgase a la planta de trabajadores municipales del Concejo Deliberante una bonificación excepcional y extraordinaria no remunerativa no bonificable consistente en la suma fija de DIEZ MIL PESOS ($10.000), la cual se adicionará a la bonificación No Remunerativa de CINCO MIL PESOS ($5.000) ya otorgada para el mes de enero de 2023 mediante Decreto Nº 3928/2022 de este Cuerpo.
Quedan expresamente excluidos de la presente bonificación los Sres. Concejales, el Secretario del Cuerpo PALAVECINO Diego, la Prosecretaria LAPLACE Ligia, la Defensora del Pueblo Dra. LAFOURCADE Paula, la Defensora Adjunta Dra. ARGIERI María Mercedes y el agente BETTINI, Marcelo Eduardo.
ARTÍCULO 3º: Los egresos respectivos se imputarán a las partidas correspondientes del Presupuesto de Gastos vigente.-
ARTÍCULO 4º: Regístrese, dése al Libro de decretos y comuníquese al Departamento Ejecutivo.
DADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL A LOS VEINTISÉIS DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTIDOS.
Registrado bajo el Nº 3965
REF: Asunto Nº
Firma Digital: Diego A. Palavecino (Secretario del H.C.D.) - Juan P. Frolik (Presidente del H.C.D.)