Boletines/Adolfo Alsina
Ordenanza Nº 4672/22
Adolfo Alsina, 19/04/2022
VISTO: El Expediente Nº: 4001-1342/21 en el que la Unión De Trabajadores De Entidades Deportivas Y Civiles (UTEDYC), representada legalmente por el Señor Carlos Bonjour, mediante nota fechada el 28 de Julio de 2021, solicita el aporte y la colaboración mutua entre el municipio y la entidad gremial a los fines de avanzar con la concreción de un proyecto que ayudará en el fomento del turismo de la ciudad de Carhué. Y;
CONSIDERANDO: Que a los fines de colaborar con el Proyecto, el Municipio de Adolfo Alsina deberá ceder algunas parcelas de su propiedad linderas al emprendimiento.-
Que, en el año 2021 se elevó un Proyecto de Ordenanza para que el Honorable Concejo Deliberante considerara la donación de esos solares.-
Que, para perfeccionar la cesión de las parcelas, se ha acordado con la entidad que la figura de un contrato de tenencia precaria sería la manera indicada de proceder.-
Que, es el Honorable Concejo Deliberante quien debe autorizar mediante Ordenanza la tenencia precaria de los bienes en cuestión.-
Que, ya ese cuerpo Legislativo autorizó por vía de excepción, mediante la Ordenanza 4637/21, la construcción de un Complejo Turístico Termal a la Unión de Trabajadores de Entidades Deportivas y Civiles (UTEDYC).-
Que, la tenencia de los terrenos municipales permitiría el uso a la entidad para la culminación de su proyecto, y conservaría la posesión para el Municipio de Adolfo Alsina. Por ello:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ADOLFO ALSINA, EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES, APRUEBA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
ORDENANZA
Artículo 1°.- Facultase al Departamento Ejecutivo Municipal a ceder a la Unión de Trabajadores de Entidades Deportivas y Civiles (UTEDYC), representada legalmente por el Sr Carlos Bonjour, en carácter de Tenencia Precaria por el término de cinco años, los lotes de propiedad Municipal, cuya designación catastral es: Circunscripción I, Sección B, Manzana 161, Parcelas 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21 y 22, ubicado en las calles Mitre y Genaro Ríos de la ciudad de Carhué.-
Artículo 2°.- La cesionaria abonará las tasas, contribuciones e impuestos que graven los terrenos cedidos.-
Artículo 3°.- Facultase al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir el Convenio de Tenencia Precaria, conforme el modelo que surge como Anexo y que forma parte integrante de la presente Ordenanza.-
Artículo 4°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo.-
DADA Y SELLADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ADOLFO ALSINA, EN SESIÓN ORDINARIA, A LOS TRECE DÍAS DEL MES DE ABRIL DE DOS MIL VEINTIDOS.-
Fdo.: “Stella Maris STEVSSEL – Secretaria Legislativa H.C.D. Adolfo Alsina, María de los Ángeles FERNÁNDEZ – Presidente H.C.D. Adolfo Alsina”
ANEXO
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