Boletines/General Pueyrredon
Decreto Nº 2284/22
General Pueyrredon, 03/10/2022
Visto
el Expediente Nº 588 - P - 2022, Cpo. 1, y
Considerando
Que mediante Decreto Nº 803/22 se le aceptó la renuncia a partir del 1º de abril de 2022 a la agente BAEZ, STELLA MARIS - Legajo Nº 23078/1 para acogerse a los beneficios de la Jubilación por Edad Avanzada.-
Que por un error involuntario administrativo se ha detectado que la fecha de nacimiento que figura en el documento de la mencionada agente no coincide con el que tenía cargado en nuestro sistema “efi muni”.-
Que por el tipo de trámite jubilatorio “Edad Avanzada”, la agente debería tener a la fecha de su baja la edad de 65 años de edad.-
Que por tal motivo se deberá modificar su fecha de renuncia al día 20 de mayo de 2022, fecha en la cual la agente reunió la edad requerida para iniciar correctamente su trámite jubilatorio.-
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTICULO 1º.- Modificase el artículo 1º del Decreto Nº 803/22 el que quedará redactado de la siguiente manera:
ARTÍCULO 1º.- Acéptase, a partir del 20 de mayo de 2022, la renuncia presentada por la agente BAEZ, STELLA MARIS - Legajo Nº 23078/1 - CUIL 23-13326197-4 al cargo de SUPERIOR ADMINISTRATIVO (C.F. 5-18-69-01) - Nº de Orden S 0168 - Módulo 44 hs. semanales, en el Ente Municipal de Servicios Urbanos a fin de acogerse a los beneficios de la jubilación por Edad Avanzada de acuerdo a lo establecido en el artículo 35º Inc. a) de la Ley Nº 9650/80 (texto ordenado Decreto Nº 600/94).-
ARTICULO 2º.- Modificase el artículo 2º del Decreto Nº 803/22 el que quedará redactado de la siguiente manera:
ARTÍCULO 2º.- Autorízase, el pago en concepto de anticipo jubilatorio, a partir del 20 de mayo de 2022, a la agente mencionada en el artículo 1º del presente Decreto, de la suma de PESOS OCHENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO CON 69/100 ($ 83.238,69) valores vigentes al mes de Marzo de 2022, según lo establecido en la Ley Provincial Nº 12.950 y su modificatoria Ley Nº 13.547.-
Imputación: U.E. 02-18-02-01-05-00 – Gest. 903 Act. 00-1-07-2-6-2-1
ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Director General de Coordinación Jurídica y Recursos Humanos a cargo de la Presidencia del Ente Municipal de Servicios Urbanos y por el señor Secretario de Economía y Hacienda a cargo de la Secretaría de Gobierno.-
ARTÍCULO 4º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal, comuníquese por la Dirección de Personal del EMSUR e intervenga la Contaduría del mencionado Ente.-
Com./
GUALDI BONIFATTI BLANCO MONTENEGRO