Boletines/Adolfo Gonzales Chaves

Decreto Nº838/2022

Decreto Nº 838/2022

Adolfo Gonzales Chaves, 26/09/2022

Visto

El Expediente 4055-216-2022, mediante el cual el Sr. Braian Gonzalo Álvarez, presenta reclamo por daño automotor; y

Considerando

Que, el denunciante manifiesta que aproximadamente a las 20 horas del día 08 de Julio de 2022, al pasar el cruce de las vías que van al Club de Planeadores Otto Ballod, más ó menos 1.000 metros adelante, choca un montículo de tierra que se encontraba en el camino, sin señalizar, lo que produce roturas en el vehículo en que se trasladaba;

Que, a fojas 3/6 agrega presupuestos de repuestos y mano de obra, necesario para su reparación;

Que, a fojas 7/18 obran fotos que acreditan las roturas del vehículo;

Que, a fojas 22 se agrega informe de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos donde informa que no se han realizado trabajos de mantenimiento de camino en el tramo de Adolfo Gonzales Chaves y Estación Vásquez en la fecha mencionada en la nota de fojas 21, como tampoco se en fechas anteriores;

Que, a fojas 23 consta Acta Testimonial del Sr. Diego Raúl Alippi, quien auxiliara al damnificado;

Que, a fojas 24 dictaminó el Director de Asesoría Letrada  aconsejando a los efectos de evitar gastos mayores, la posibilidad de llegar a un acuerdo con el denunciante, ofreciéndole un monto de aproximadamente entre $ 200.000 y $ 300.000 y así evitar futuros gastos y erogaciones judiciales;

Que, a fojas 25 la Secretaria de Gobierno y Hacienda solicita arbitrar los medios necesarios a fin de abonar a Braian Gonzale Álvarez la suma de $ 200.000 en concepto de retribución por daños ocasionados en su vehículo;

Que, a fojas 26 se agregó informe de Contaduría Municipal;

Por ello;

el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias

D E C R E T A:

ARTICULO 1º.- Abónese a BRAIAN GONZALO ALVAREZ, DNI Nº 32.758.722, la suma de Pesos DOSCIENTOS MIL ($ 200.000), a fin de reparar daños producidos en un vehículo de su propiedad Dominio FML785, en ocasión de haber sufrido un evento dañoso producido por un montículo de tierra, sin la señalización correspondiente, ubicado al pasar el cruce de las vías que van al Club de Planeadores Otto Ballod, más ó menos 1.000 metros adelante.-

 

ARTICULO 2º.- El pago del gasto autorizado por el Artículo precedente, se hará con cargo a la partida del presupuesto de gastos vigente que corresponda.-

 

ARTICULO 3º.- Tome razón Contaduría y Oficina de Asuntos Legales.-

 

ARTICULO 4º.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-