Boletines/Adolfo Gonzales Chaves

Decreto Nº788/2022

Decreto Nº 788/2022

Adolfo Gonzales Chaves, 09/09/2022

Visto

El Expediente 4055-10-2022, Cuerpo II, Ref. Programa Fortalecimiento Familiar Ley 13.163; y

Considerando

Las diversas notas de solicitud obrantes al presente Expediente;

Que es necesario dictar el acto administrativo correspondiente;

Por ello;

el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias

D E C R E T A:

ARTICULO 1º.- Déjase sin efecto, a partir del mes de Septiembre de 2022, la ayuda económica otorgada por el artículo 1º del Decreto Nº 184/2022, al beneficiario del Programa de Fortalecimiento Familiar, Sr. NAHUEL MARIA JESUS DEL PUZ, DNI Nº 35.411.571.-

 

ARTICULO 2º.- Otorgase a la beneficiaria del Programa de Fortalecimiento Familiar, Sra. ARACELI DEYANIRA GISLER, DNI Nº 38.958.833, una ayuda económica de Pesos Diez Mil ($ 10.000) mensuales, desde el mes de Septiembre al mes de Diciembre de 2022, inclusive.-

 

ARTICULO 3º.- Déjase sin efecto, a partir del mes de Septiembre de 2022, la ayuda económica otorgada por el artículo 1º del Decreto Nº 137/2022, a los beneficiarios del Programa de Fortalecimiento Familiar, detallados a continuación:

  • BELTRAN Mario, DNI Nº 28.962.256

  • FERSEN Mariana, DNI Nº 30.725.453

 

ARTICULO 4º.- Modifíquese el monto de la ayuda económica otorgada por el artículo 1º del Decreto Nº 645/2022, a la beneficiaria del Programa de Fortalecimiento Familiar, Sra. DAIANA NEREA NEFFE, DNI Nº 34.417.164, el cual será de Pesos Trece Mil ($ 13.000), a partir del mes de Septiembre al mes de Diciembre de 2022 inclusive.-

 

ARTICULO 5º.- Establécese que, a partir del mes de Septiembre de 2022, el pago de la ayuda económica otorgada por el Artículo 1º del Decreto Nº 137/2022, a la beneficiaria del Programa de Fortalecimiento Familiar, Sra. MARIA SOL PEREIRA, DNI Nº 42.779.936, deberá realizarse mediante depósito al CBU Nº 0140361703635851141870.-

 

ARTICULO 6º.- Los gastos mencionados precedentemente se imputarán con cargo a la siguiente partida del Presupuesto de Gastos vigente:

Jurisdicción 1110101000 Unidad Intendente

Programa 17.01.00: Fondo de Fortalecimiento de Programas Sociales Ley 13.163

Fuente de Financiamiento 132: de Origen Provincial

5.0.0.0 Transferencias

5.1.0.0 Transferencias al sector privado para financiar gastos corrientes

5.1.3.0 Becas

 

ARTICULO 7º.- Tomen razón Contaduría, Tesorería y Dirección de Acción Social.-

 

ARTICULO 8º.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-