Boletines/Tandil
Decreto Nº 3745/2022
Tandil, 26/10/2022
Visto
El Acta Acuerdo de fecha 29 de septiembre de 2022 suscripta entre el Departamento Ejecutivo y el Sindicato de Trabajadores Municipales de Tandil, mediante la cual se ha convenido un incremento de la garantía salarial - oportunamente establecida- a partir del 1° de septiembre de 2022, y ;
Considerando
Que este Departamento Ejecutivo considera justo y razonable otorgar un incremento en la garantía salarial al personal dependiente del Municipio de Tandil, ante la necesidad de combatir los efectos de la inflación existente;
Lo dispuesto en el art. 12 de la Ordenanza Nº 17.439.
Que se han expedido la Contaduría General, la Dirección de Presupuesto y la Dirección de Recursos Humanos.
Que en razón de lo manifestado y habiendo las partes arribado a un acuerdo que fuera plasmado en el acta de fecha 29 de septiembre de 2022, resulta necesario el dictado del presente acto administrativo.
Por todo ello, en uso de sus facultades
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1º: Increméntese la garantía salarial establecida mediante DECTO-2022-1705-E-MUNITAN-INT con retroactividad al 1º de septiembre de 2022 de acuerdo al siguiente esquema:
Régimen Hor. | RH 30 y 35 Hs | RH 40 y 48 Hs |
Garantía | $ 55.000 | $ 60.000 |
Artículo 2°: Se tendrá en cuanta para el otorgamiento de la garantía, el salario neto percibido por el trabajador, considerándose para su cálculo toda suma remunerativa y no remunerativa luego de deducidos únicamente los descuentos de ley a excepción de las horas suplementarias trabajadas en el período de liquidación.
Artículo 3°: En caso de corresponder, será de aplicación lo establecido en el Artículo 143 del CCT 09/2019.
Artículo 4°: Los egresos respectivos impútense a las partidas 1.1.7.2 “Bonificación No Remunerativa No Bonificable”, 1.2.6.2 “Bonificación No Remunerativa No Bonificable”, y demás específicas del inciso Gastos en Personal, dentro de la clasificación institucional 1. – Sector Público Municipal no Financiero, 1.1. - Administración Municipal, 1.1.1. - Administración Central, 1.1.1.01. - Departamento Ejecutivo, todo ello dentro del Presupuesto de Gastos vigente para el ejercicio en curso.
Artículo 5º: El presente decreto será refrendado por el señor Secretario de Gobierno. Artículo 6º: Regístrese, comuníquese, dése al “Boletín Oficial”, remítase copia al Sindicato de Trabajadores Municipales de Tandil, al Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires. Tomen nota Jefatura de Gabinete de Secretarios, Sistema Integrado de Salud Pública, Secretaría de Economía y Administración, Contaduría General, Dirección de Presupuesto y pase a la Dirección de Recursos Humanos para su archivo definitivo.
Firma Digital: Miguel Ángel Lunghi (Secretario) - Miguel Ángel Lunghi (Intendente)
Secretaría de Gobierno - Intendencia