Boletines/Tandil

Decreto Nº3740/2022

Decreto Nº 3740/2022

Tandil, 26/10/2022

Visto

La necesidad de tener inventariados bienes que justifiquen el uso de los circuitos administrativos patrimoniales establecidos en el RAFAM, en atención a los costos implícitos en los mismos, y que dichos inventarios se encuentren actualizados, a fin de contar con información indispensable para la confección de estados contables que reflejen la verdadera situación patrimonial de la Municipalidad, de modo tal de poder contar en todo momento con información relativa a la cantidad de los bienes adquiridos o construidos que posea el Municipio, así como el valor de cada uno de ellos.

Considerando

Que el RAFAM, módulo BIENES FISICOS, determina que los inventarios que debe llevar el municipio deben circunscribirse a los bienes de uso, del dominio privado, pertenecientes al municipio, que tengan real significación, no deben agotarse en el primer uso que de ellos se hace, deben estar sujetos a depreciación.

Que se define baja de un bien de uso, cuando por pérdida de sus propiedades, en orden a su naturaleza, valor económico, duración y destino, quede encuadrado en las normas vigentes, cancelándose el valor residual. La amortización, es la expresión contable de la disminución del valor que experimenta un bien de uso por una causa determinada. Ejemplo: desgaste, agotamiento, obsolescencia o envejecimiento técnico, envejecimiento económico, factores accidentales o eventuales.

Que la obsolescencia es la caída en desuso de máquinas, equipos y tecnologías motivada no por un mal funcionamiento del mismo, sino por un insuficiente desempeño de sus funciones en comparación con las nuevas máquinas, equipos y tecnologías introducidos en el mercado.

Que en el inventario se observan bienes que han perdido las propiedades mencionadas y que no justifican poner en movimiento el circuito administrativo de control de inventarios en atención a los costos implícitos en el mismo.

Que dependencias integrantes de esta Secretaría en forma conjunta con la Dirección de Patrimonio (NO-2022- 129140-MUNITAN-DPAT#SLT) determinan que los bienes agregados en el ANEXO 1 quedaran fuera del inventario del RAFAM, y que sobre estos bienes cada área y/o dependencia adoptará los mecanismos internos pertinentes para su guarda y control; y los bienes agregados en el ANEXO 2 tendrán baja definitiva.

Por todo ello, en uso de sus facultades

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL

D E C R E T A

Artículo 1º: Autorizase a la Dirección de Patrimonio a registrar la baja definitiva en el sistema RAFAM de los bienes detallados en el ANEXO 1 y en el ANEXO 2, agregados en el presente expediente. Cada área y/o dependencia adoptará los mecanismos internos pertinentes que permitan la guarda y control los bienes del ANEXO2.

Artículo 2º: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno.

Artículo 3º: Regístrese, Comuníquese, desé al “Boletín Municipal” y archívese.Tome nota Delegación de Vela, Dirección de Recursos Humanos, Dirección de Deportes, Subsecretaria de Cultura y Educación, Dirección de Educación, Dirección de Cultura, Dirección de Patrimonio, Contaduría General y posteriormente archívese.

Firma Digital: Miguel Ángel Lunghi (Secretario) - Miguel Ángel Lunghi (Intendente)

                                 Secretaría de Gobierno          -                  Intendencia

Anexos

ANEXO 1 Y 2

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