Boletines/General Pueyrredon

Resolución Nº1994/22

Resolución Nº 1994/22

General Pueyrredon, 14/10/2022

Visto

las presentes actuaciones, y

Considerando

Que mediante las mismas la Secretaría de Educación a los fines del mantenimiento de servicios esenciales para la población, solicita la designación de varios agentes, en distintos establecimientos educacionales.

 

Por ello, en uso de las facultades delegadas mediante Decreto Nº 0916/2020,

EL SECRETARIO DE EDUCACIÓN

R  E  S  U  E  L  V E

ARTÍCULO 1º.- Designar a los agentes que seguidamente se detallan, en los cargos y establecimientos educacionales que se consignan, a partir de la fecha que en cada caso se indica y hasta el 23 de diciembre de 2022 o cese de funciones con expresión de causa, accediendo a los cargos por Listado Oficial:

 

MAESTRO DE SECCION ENSEÑANZA INICIAL (C.F. 9-21-99-01)

 

  1. U.E. 08-02-2-1-1-13 – JARDIN DE INFANTES Nº 13

 

  • SOFIA FAGNANI COLONNA (Legajo Nº 34.788/63 – CUIL 27-37983726-9) Nº de Orden 555, a partir del 22 de agosto de 2022 o reintegro de titular, en reemplazo de la agente Andrea Adelaida Blanco (Legajo Nº 29.821).

 

  1. U.E. 08-02-2-1-1-29 – JARDIN DE INFANTES Nº 29

 

  • ABRIL MAGALI MONTIEL (Legajo Nº 36.022/53 – CUIL 23-38831872-4) Nº de Orden 5279, a partir del 16 de agosto de 2022 o reintegro de titular, en reemplazo de la agente Estefanía Attanasio Ruiz (Legajo Nº 34.020).

 

PRECEPTOR ENSEÑANZA FORMACION PROFESIONAL (C.F. 9-50-99-01)

 

  1. U.E. 08-02-2-1-3-07 – ESCUELA DE FORMACION PROFESIONAL Nº 7 “Gabriela Mistral”

 

  • NESTOR OVIDIO TAGLIAFERRO (Legajo Nº 34.055/68 – CUIL 20-31966700-9) Nº de Orden 4321, a partir del 22 de agosto de 2022 ad-referéndum liberación Listado 2022 o cobertura por titilar, con carácter Interino.

 

ARTÍCULO 2º.- Acordar, a las agentes mencionadas en el Artículo 1º Incs. a) y b), durante los períodos que allí se indican, la BONIFICACIÓN POR ENSEÑANZA INICIAL de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.

 

ARTÍCULO 3º.- Acordar, a los agentes mencionados en el Artículo 1º, durante los períodos que allí se indican, la BONIFICACIÓN POR UBICACIÓN DOCENTE (Desfavorable I) del TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo básico que perciben, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.

 

ARTÍCULO 4º.- Acordar, a las agentes mencionadas en el Artículo 1º Incs. a) y b), durante los períodos que allí se indican, la BONIFICACIÓN REMUNERATIVA 03/2014 de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.

 

ARTÍCULO 5º.- Acordar, a los agentes mencionados en el Artículo 1º, durante los períodos que allí se indican, la BONIFICACIÓN ESPECIAL DOCENTE, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.

 

ARTÍCULO 6º.-  El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-06-000  -  UER 10  -  F.Fin. 1-1-0 - Inc. 1  -   Programático: 24-00-00 – Fin/Fun. 3-4-2 - P.P. 1  - P.p. 1  -  P.Sp. 8 – para el Art. 2º: P.P. 1  - P.p. 3  -  P.Sp. 6 -  Ap. 1 – para el Art. 3º: P.P. 1  - P.p. 3  -  P.Sp. 6 – Ap. 2 – para el Art. 4º: P.P. 1  - P.p. 3  -  P.Sp. 6 -  Ap. 14 – para el Art. 5º: P.P. 1  - P.p. 3  -  P.Sp. 9 -  F.Fin. 131.

 

ARTÍCULO 7º.- Registrar, dar al Boletín Municipal y comunicar por la Dirección de Personal.

p.m.

 

                                                               PUGLISI