Boletines/Lobería
Decreto Nº 1706-22
Lobería, 28/09/2022
ASÍGNANSE tareas al personal destajista.
Visto
Las atribuciones conferidas por los artículos 107 y 108 Inciso 17 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ley Provincial 14.656, el artículo 49 de la Ordenanza Nº 1.973/15 y su Decreto Reglamentario Nº 1.167/16 -Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería-, Decreto N° 100/22; y
Considerando
QUE, el Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos de la Comuna, ARQ. DANIEL MASÓN, solicita se asignen tareas al personal destajista designado por Decreto N° 100/22, que realizará trabajos de albañilería en la “Capilla San Esteban” de esta ciudad, a partir del 10 de agosto de 2022;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en uso de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:
D E C R E T O
ARTÍCULO 1.- ASÍGNANSE tareas al personal destajista, designado mediante Decreto N° 100/22, que realizará trabajos de albañilería en la “Capilla San Esteban” de esta ciudad, a partir del 10 de agosto de 2022:
APELLIDO Y NOMBRE DOCUMENTO
MAIDANA, ENRIQUE 21.950.941
ARTÍCULO 2.- Las tareas específicas a realizar y los montos a percibir por las mismas, se detallan a continuación:
TAREAS MONTO
Finalización de techo nuevo con estructura de madera $ 19.267,44
Columna de hormigón armado $ 23.780,23
Revoque interior grueso fratasado $ 16.790,70
Revoque exterior fratasado con azotado hidrófugo $ 23.735,58
Base de tanque revocada $ 8.190,41
Colocación y conexión de tanque $ 6.724,57
Boca de luz embutida $ 17.572,67
ARTÍCULO 3.- El monto total a abonar será de PESOS CIENTO DIECISEIS MIL SESENTA Y UNO CON SESENTA CENTAVOS ($ 116.061,60.-), resultando luego de aplicar los descuentos correspondientes, una suma efectiva de PESOS NOVENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS DOCE CON NOVENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 99.812,98.-) correspondiendo al Municipio, además, efectuar aportes patronales por I.P.S. $ 13.927,39. La certificación se realizará en forma mensual, previa verificación del área correspondiente.
ARTÍCULO 4.- El presente gasto se imputará a la Partida: “1110101000 Unidad Intendente – 19 Asistencia a Instituciones – 01 Subsidios al Sector Privado – 5.1.7.0. Transferencias a otras instituciones culturales y sociales sin fines de lucro” del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTÍCULO 5.- Tomen conocimiento Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, Oficina de Personal, Contaduría Municipal, Oficina de Seguros y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHÍVESE.
DECRETO Nº 1.706-22