Boletines/Lobería

Decreto Nº1700-22

Decreto Nº 1700-22

Lobería, 26/09/2022

ASÍGNANSE tareas al personal destajista.

Visto

Las atribuciones conferidas por los artículos 107 y 108 Inciso 17 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ley Provincial 14.656, el artículo 49 de la Ordenanza Nº 1.973/15 y Decreto Reglamentario N° 1.167/16 -Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería-, la Ordenanza Nº 2.585/21, el Decreto N° 100/22; y

Considerando

QUE, el Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos de la Comuna, ARQ. DANIEL MASÓN, solicita se asignen tareas al personal destajista designado por Decreto          N° 100/22, que realizará trabajos de albañilería en diez (10) viviendas del Programa Bonaerense II – Solidaridad, ubicadas en calles F. López y Lamadrid de la ciudad de Lobería, a partir del 16 de septiembre de 2022;

 

POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en uso de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:

D  E  C  R  E  T  O

ARTÍCULO 1.- ASÍGNANSE tareas al personal destajista designados por Decreto N° 100/22 que se detallan a continuación, que realizará trabajos de albañilería en diez (10) viviendas del Programa Bonaerense II – Solidaridad, ubicadas en calles F. López y Lamadrid de la ciudad de Lobería, a partir del 16 de septiembre de 2022:

APELLIDO Y NOMBRE                  NÚMERO DE DOCUMENTO

PEREZ, LUCAS DANIEL                              37.385.653

AMOR, GABRIEL                                          40.058.457                

ARTÍCULO 2.- Las tareas específicas a realizar y los montos a percibir por las mismas, se detallan a continuación:

TAREAS                                                                          MONTO

Viga de fundación                                                         $ 37.630,70

Platea de hormigón armado de 0,15                           $ 104.807,56

ARTÍCULO 3.- El monto total a abonar será de PESOS CIENTO CUARENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO CON VEINTICINCO CENTAVOS ($ 142.438,25.-), resultando luego de aplicar los descuentos correspondientes, una suma efectiva de PESOS CIENTO VEINTIDOS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS CON NOVENTA CENTAVOS         ($ 122.496,90.-) correspondiendo al Municipio, además, efectuar aportes patronales por I.P.S. $ 17.092,59. La certificación se realizará en forma mensual, previa verificación del área correspondiente.

ARTÍCULO 4.- El presente gasto se imputará a la Partida: “1110104000 Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos – 27 Dirección de Vivienda – 69 Construcción de 10 Viviendas I.V.B.A. – 5.2.1.0. Transferencias a Personas – F.F. 132 De origen Provincial” del Presupuesto de Gastos vigente.

ARTÍCULO 5.- Tomen conocimiento Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, Oficina de Personal, Contaduría Municipal, Oficina de Seguros y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHÍVESE.

DECRETO Nº 1.700-22