Boletines/Tandil
Decreto Nº 3649/2022
Tandil, 19/10/2022
Visto
La solicitud de la Escribana Delegada de la Escribanía General de Gobierno, Sra Manuela Funes, en el expte. 4110- 7029/2014 alc.05, de agregar a las actuaciones de escrituración el acto administrativo que declare el interés social y que requiera la intervención del Organismo mencionado.
Considerando
Que por expte. 4110-7029/2014 alc.05 (SADOM Nota 7029/2014 alc.05) en el marco de la Ordenanza nº15301; se tramita ante Escribanía General de Gobierno la escritura de la permuta celebrada por la Municipalidad de Tandil.
Los antecedentes dominiales agregados a las presentes actuaciones, de los inmuebles a escriturar a nombre de la Municipalidad de Tandil, inmuebles denominados catastralmente Circ. I, Secc. C, quinta 91, manzana 91d, parcela 14; Circ. I, Secc. C, quinta 81, manzana 81c, parcela 14; Circ. I, Secc. C, quinta 81, manzana 81c, parcela 13; Circ. I, Secc. E, chacra 128, manzana 128d, parcela 5d; Circ. I, Secc. E, chacra 128, manzana 128d, parcela 4a.
El antecedente dominial del inmueble entregado en permuta a favor de los copermutantes: Sra. Graciela Mabel Diaz y Sr. Oscar Andrés Gallardo: denominado catastralmente Circ. I, Secc.D, manzana 92g, parcela 1.
El contrato de permuta ad referéndum del Honorable Consejo Deliberante.
La Ordenanza n°15301 que autoriza al Departamento Ejecutivo a permutar los inmuebles mencionados, y convalida el contrato de permuta y su adenda.
El Decreto n° 2013 del año 2016 que promulga dicha Ordenanza.
Por todo ello, en uso de sus facultades
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1º: Declárese de interés social la regularización dominial de la permuta celebrada en el marco de la Ordenanza n°15301.
Artículo 2º: Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines escriturar a nombre de la Municipalidad de Tandil los inmuebles denominados catastralmente Circ. I, Secc. C, quinta 91, manzana 91d, parcela 14; Circ. I, Secc. C, quinta 81, manzana 81c, parcela 14; Circ. I, Secc. C, quinta 81, manzana 81c, parcela 13; Circ. I, Secc. E, chacra 128, manzana 128d, parcela 5d; Circ. I, Secc. E, chacra 128, manzana 128d, parcela 4a. Y a favor, de los cónyuges Sra. Graciela Mabel Diaz y Sr. Oscar Andrés Gallardo el inmueble denominado catastralmente Circ. I, Secc.D, manzana 92g, parcela 1, conforme lo previsto por los artículos 2º y 4º de la Ley 10.830.
Artículo 3º : El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Legal y Técnica.
Artículo 4º: Regístrese, Comuníquese, desé al “Boletín Municipal”. Tome conocimiento la Dirección de Patrimonio y posteriormente archívese.
Firma Digital: Andrés Curcio (Secretario) - Miguel Ángel Lunghi (Intendente)
Secretaría Legal y Técnica - Intendencia