Boletines/General Villegas

Resolución Nº236/22

Resolución Nº 236/22

Publicado en versión extractada

General Villegas, 29/03/2022

VISTO:

El Expediente Nº 2678/22, iniciado por el Secretario de Seguridad, solicitando se le aplique una sanción disciplinaria a la agente Indira Magda Jesús Musciachio, Legajo Personal N° 3523 por negligencia en el cumplimiento de sus tareas diarias, la misma se duerme en su puesto de trabajo, descuidando las cámaras a observar y no acata las advertencias de la encargada del grupo; y

CONSIDERANDO:

Que asimismo informa que la agente cumple servicio como operadora en el Centro de Monitoreo y ha incurrido en dicha falta en varias oportunidades.

Que el Departamento de Personal, interviene a fojas 3, consignando los datos de la agente y que registra antecedentes de sanciones disciplinarias y de inasistencias injustificadas.

Que el Régimen de Empleo Público para el Personal de la Municipalidad, en los Artículos 65 y 66 establece las obligaciones y prohibiciones de los agentes municipales en el desempeño de sus tareas.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos se expide a fojas 10, sugiriendo se le aplique una sanción disciplinaria correctiva consistente en un “Suspensión sin goce de haberes”, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 103 inciso apartado I c) de la Ordenanza Nº 5647, por trasgredir en lo estipulado en el Artículo 65 inciso a) de dicha ordenanza.

Que con fecha 16 de marzo de 2022, mediante Resolución N° 190/22 se dispuso la aplicación de la sanción disciplinaria, para los días 19, 20 y 21 de marzo de 2022, sin embargo no se logró notificar en tiempo legal y forma a la agente, a pesar de las reiteradas visitas en su domicilio.

Que con fecha 22 de marzo de 2022, la Dirección de Asuntos Jurídicos en virtud de que resultó imposible la notificación, que la designación vence el día 31 de marzo de 2022 y que se le otorgó licencia anual hasta el 30 de marzo de 2022, sugiere dejar sin efecto la sanción disciplinaria de suspensión por 3 días, pero no obstante proceder a la aplicación de una sanción disciplinaria consistente en una suspensión sin goce de haberes por el término de un (1) día para el 31 de marzo de 2022.

Que con fecha 22 de marzo de 2022, el Secretario de Seguridad informa que la agente Musciachio, le corresponde franco semanal el día 31 de marzo de 2022.

Que el Artículo 86 inciso b) de la Ordenanza N° 5647, extingue el poder disciplinario de la Administración Municipal por la desvinculación de la agente, lo que sucederá por la culminación de su contratación de manera indefectible el día 31 de marzo de 2022.

Que no pudiendo concretarse la sanción disciplinaria suspensiva corresponde dejarla sin efecto y sin perjuicio de ello, puede aplicarse una sanción disciplinaria consistente en un apercibimiento ya que no implica la suspensión de tareas, quedando registrada la situación aquí ocurrida en el Legajo Personal de la agente.

Que con fecha 29 de marzo de 2022, la Dirección de Asuntos Jurídicos sugiere que se deje sin efecto la suspensión de tres (3) días dispuesta por Resolución N° 190/22 por resultar de imposible materialización y se aplique a la agente Indira Magda Jesús Musciachio Legajo Personal N° 3523 una sanción disciplinaria consistente en un apercibimiento de acuerdo con el Artículo 103 inciso b) de la Ordenanza 5647, por dormirse en el trabajo y no acatar instrucciones de sus superiores, incumpliendo así con las obligaciones dispuestas en los incisos a) y d) del Artículo 65° de la Ordenanza N° 5647.                   

Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO: Aplícase una sanción disciplinaria consistente en un “Apercibimiento” a la agente Indira Magda Jesús Musciachio, Legajo Personal N° 3523, agente transitoria mensualizada, 250 Módulos, 48 Horas Semanales, Jurisdicción 1110111000, Categoría Programática 82.00.00, conforme lo dispuesto en Artículo 103 inciso b), y por trasgredir con lo estipulado en el Artículo 65 inciso a) y d) de la Ordenanza Nº 5647

ARTICULO SEGUNDO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Dirección de Recursos Humanos, Departamento Personal, Dirección de Asuntos Jurídicos y Secretaria de Seguridad; cúmplase y archívese.