Boletines/General Villegas
Resolución Nº 212/22
Publicado en versión extractada
General Villegas, 22/03/2022
VISTO:
El Expediente Nº 11234/16, correspondiente a la habilitación municipal de un comercio, perteneciente al señor Gustavo Federico Lamas, dedicado a la explotación de los rubros “Venta de muebles a pedido – fabricación”, a partir del 01 de noviembre de 2016; y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución Nº 687/18, agregada a fojas 59/60, se registró la habilitación provisoria y subsiguiente renovación, correspondiente al Contribuyente Nº 21736.
Que por Expediente Nº 11234/16 Alcance 2, agregado a fojas 99, el titular del comercio solicita una nueva extensión de la habilitación provisoria.
Que a fojas 102 se agrega Censo Nº 10001, donde surge que posee un (1) empleado en relación de dependencia, desde el 02 de noviembre de 2020.
Que el Departamento de Rentas interviene a fojas 112, informando que el contribuyente registra deuda, en concepto de “Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública”, “Fondo Solidario para la Obra Pública” y “Seguridad y Defensa Civil”.
Que se labraron Acta de Inspección Nº 9755 y Censo de Comercio e Industria Nº 10998, declarando poseer un (1) empleado en relación de dependencia (fojas 114 y 115).
Que analizadas las presentes actuaciones, surge que el contribuyente no ha podido cumplimentar con la totalidad de los requisitos exigidos en la legislación vigente (Libre deuda expedido por la oficina de Rentas y Plano de Obra aprobado por Municipalidad, según Ordenanza Nº 3666 – Anexo I – Capítulo I – Artículo Primero – Incisos 6 y 9).
Que a fojas 123 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos.
Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente, otorgando la prórroga requerida.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Regístrese la baja de un (1) empleado en relación de dependencia, correspondiente al Contribuyente Nº 21736, GUSTAVO FEDERICO LAMAS, a partir del día 2 de noviembre de 2020.
ARTÍCULO SEGUNDO: Prorrógase la habilitación provisoria otorgada por Resolución Nº 687/18 y subsiguiente renovación, de un comercio dedicado a la explotación de los rubros “VENTA DE MUEBLES A PEDIDO - FABRICACIÓN”, denominación comercial “GV LAMAS AMOBLAMIENTOS”, del señor GUSTAVO FEDERICO LAMAS, DNI Nº 28.665.556, Contribuyente Nº 21736, Codificadores de Rentas Nº 62300-01 y Nº 33000-03, NIS Nº 1553530-01 – T1R – Residencial, con domicilio comercial en calle Las Casuarinas Nº 173 de esta ciudad, individualizado catastralmente como Circunscripción II, Sección A, Manzana 96v, Parcela 16, fecha de alta 01 de noviembre de 2016, contando con un (1) empleado en relación de dependencia, Expediente Nº 11234/16.
ARTÍCULO TERCERO: Concédase al señor GUSTAVO FEDERICO LAMAS, DNI Nº 28.665.556, un plazo de ciento ochenta (180) días, para cumplimentar los requisitos establecidos en la Ordenanza Nº 3666, y demás legislación regulatoria en la materia, bajo apercibimiento de aplicar las sanciones correspondientes.
ARTÍCULO CUARTO: La prórroga concedida en el Artículo Segundo, queda supeditada al cumplimiento de los requisitos nacionales, provinciales y/o municipales vigentes en la materia.
ARTÍCULO QUINTO: Previo al vencimiento del plazo acordado en el Artículo Tercero, las oficinas competentes deberán requerir al recurrente, que cumplimente la documentación, de acuerdo a lo fijado por la Ordenanza Nº 3666; como así también informar que es obligación del contribuyente, comunicar al Municipio cualquier cambio de la situación, dentro de los treinta (30) días, caso contrario quedará sin efecto la presente habilitación.
ARTÍCULO SEXTO: Deléguese en la Secretaría de Comercio, la facultad de notificar lo dispuesto precedentemente.
ARTÍCULO SEPTIMO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretaría de Comercio, Dirección de Rentas, División Centro de Cómputos, División Comercio e Inspección, Contaduría, Procesamiento de la Recaudación, Compras y Dirección de Asuntos Jurídicos; cúmplase y archívese.