Boletines/General Villegas
Resolución Nº 209/22
Publicado en versión extractada
General Villegas, 22/03/2022
VISTO:
El Expediente Nº 9660/18, correspondiente a la habilitación municipal de un comercio, perteneciente a la señora Mónica Edith Reyna, dedicado a la explotación del rubro “Prendas de vestir y Accesorios”, a partir del 1 de marzo de 2018; y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución Nº 524/19, agregada a fojas 32/33, se registró la habilitación provisoria, correspondiente al Contribuyente Nº 5239.
Que por Expediente Nº 9660/18 Alcance 1, agregado como folio 42, la titular del comercio solicita una extensión de la habilitación provisoria.
Que se labraron Acta de Inspección Nº 7580 y Censo de Comercio e Industria Nº 9632, declarando no poseer empleados en relación de dependencia (fojas 44 y 45).
Que el Departamento de Rentas interviene a fojas 51, informando que el recurrente registra deuda, en concepto de “Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública”, “Fondo Solidario para la Obra Pública” y “Seguridad y Defensa Civil”.
Que analizadas las presentes actuaciones, surge que el contribuyente, no ha podido cumplimentar con la totalidad de los requisitos exigidos en la legislación vigente (Libre deuda de Tasas otorgado por la Oficina de Rentas, Escritura del inmueble y Plano de Obra aprobado por Municipalidad, según Ordenanza Nº 3666 – Anexo I – Capítulo I – Artículo Primero – Incisos 6, 7 y 9).
Que a fojas 58 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos.
Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente, otorgando la prórroga requerida.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Prorrógase la habilitación provisoria otorgada por Resolución Nº 524/19, de un comercio dedicado a la explotación del rubro “PRENDAS DE VESTIR Y ACCESORIOS”, Codificador de Rentas Nº 62200-02, denominación comercial “DREAM BOUTIQUE”, de la señora MONICA EDITH REYNA, DNI Nº 18.140.575, Contribuyente Nº 5239, Usuario Nº 2016 – Asociado Nº 2358 – E101 – T1G – Serv. Gral Bajos Consumos, con domicilio comercial en calle Dr Jorge Nº 324 de la localidad de Coronel Charlone, individualizado catastralmente como Circunscripción XI, Sección A, Manzana 59, Parcela 13, fecha de alta 1 de marzo de 2018, no contando con empleados en relación de dependencia, Expediente Nº 9660/18.
ARTÍCULO SEGUNDO: Concédase a la señora MONICA EDITH REYNA, DNI Nº 18.140.575, un plazo de ciento ochenta (180) días, para cumplimentar los requisitos establecidos en la Ordenanza Nº 3666, y demás legislación regulatoria en la materia, bajo apercibimiento de aplicar las sanciones correspondientes.
ARTÍCULO TERCERO: La prórroga concedida en el Artículo Primero, queda supeditada al cumplimiento de los requisitos nacionales, provinciales y/o municipales vigentes en la materia.
ARTÍCULO CUARTO: Previo al vencimiento del plazo acordado en el Artículo Segundo, las oficinas competentes deberán requerir al recurrente, que cumplimente la documentación, de acuerdo a lo fijado por la Ordenanza Nº 3666; como así también informar que es obligación del contribuyente, comunicar al Municipio cualquier cambio de la situación, dentro de los treinta (30) días, caso contrario quedará sin efecto la presente habilitación.
ARTÍCULO QUINTO: Deléguese en la Secretaría de Comercio, la facultad de notificar lo dispuesto precedentemente.
ARTÍCULO SEXTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretaría de Comercio, Dirección de Rentas, División Centro de Cómputos, División Comercio e Inspección, Contaduría, Procesamiento de la Recaudación, Compras y Dirección de Asuntos Jurídicos; cúmplase y archívese.