Boletines/General Villegas

Resolución Nº207/22

Resolución Nº 207/22

Publicado en versión extractada

General Villegas, 22/03/2022

VISTO:

El Expediente Nº 7056/18, correspondiente a la habilitación municipal de un comercio, perteneciente a la señora Claudia Edith Traisse, dedicado a la explotación del rubro “Indumentaria para bebés y niños - Tienda”, a partir del 1 de mayo de 2018; y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución Nº 276/19, agregada a fojas 37/38, se registró la habilitación provisoria, correspondiente al Contribuyente Nº 5236.

Que por Expediente Nº 7056/18 Alcance 1, agregado como folio 47, la titular del comercio solicita una extensión de la habilitación provisoria.

Que se labraron Acta de Inspección Nº 10678 y Censo de Comercio e Industria Nº 9652, declarando no poseer empleados en relación de dependencia (fojas 52 y 53).

Que el Departamento de Rentas interviene a fojas 60, informando que el recurrente no registra deuda.

Que analizadas las presentes actuaciones, surge que el contribuyente no ha podido cumplimentar con la totalidad de los requisitos exigidos en la legislación vigente (Plano de Obra aprobado por Municipalidad, según Ordenanza Nº 3666 – Anexo I – Capítulo I – Artículo Primero – Inciso 9).

Que a fojas 66 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos.

Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente, otorgando la prórroga requerida.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO: Prorrógase la habilitación provisoria otorgada por Resolución Nº 276/19, de un comercio dedicado a la explotación del rubro “INDUMENTARIA PARA BEBES Y NIÑOS - TIENDA”, Codificador de Rentas Nº 62200-02, denominación comercial “TIENDITA MONERIAS”, de la señora CLAUDIA EDITH TRAISSE, DNI Nº 17.884.591, Contribuyente Nº 5236, Usuario Nº 572 – Asociado Nº 189 – E100 - T1R – Residenciales, con domicilio comercial en calle Dr Fanin Nº 156 de la localidad de Coronel Charlone, individualizado catastralmente como Circunscripción XI, Sección A, Manzana 81, Parcela 14, fecha de alta 1 de mayo de 2018, no contando con empleados en relación de dependencia, Expediente Nº 7056/18.

ARTÍCULO SEGUNDO: Concédase a la señora CLAUDIA EDITH TRAISSE, DNI Nº 17.884.591, un plazo de ciento ochenta (180) días, para cumplimentar los requisitos establecidos en la Ordenanza Nº 3666, y demás legislación regulatoria en la materia, bajo apercibimiento de aplicar las sanciones correspondientes.

ARTÍCULO TERCERO: La prórroga concedida en el Artículo Primero, queda supeditada al cumplimiento de los requisitos nacionales, provinciales y/o municipales vigentes en la materia.

ARTÍCULO CUARTO: Previo al vencimiento del plazo acordado en el Artículo Segundo, las oficinas competentes deberán requerir al recurrente, que cumplimente la documentación, de acuerdo a lo fijado por la Ordenanza Nº 3666; como así también informar que es obligación del contribuyente, comunicar al Municipio cualquier cambio de la situación, dentro de los treinta (30) días, caso contrario quedará sin efecto la presente habilitación.

ARTÍCULO QUINTO: Deléguese en la Secretaría de Comercio, la facultad de notificar lo dispuesto precedentemente.

ARTÍCULO SEXTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretaría de Comercio, Dirección de Rentas, División Centro de Cómputos, División Comercio e Inspección, Contaduría, Procesamiento de la Recaudación, Compras y Dirección de Asuntos Jurídicos; cúmplase y archívese.