Boletines/General Villegas

Resolución Nº160/22

Resolución Nº 160/22

Publicado en versión extractada

General Villegas, 04/03/2022

VISTO:

El Expediente Nº 1315/16, correspondiente a la habilitación de un comercio, perteneciente la señora Magdalena Del Rosario Fernández, dedicado a la explotación del rubro “Blanquería”, con fecha de alta 10 de febrero de 2016, registrado como Contribuyente Nº 6331; y

CONSIDERANDO:

Que mediante Acta de Constatación Nº 9910, realizada el 21 de octubre de 2021, se verificó que el comercio ha dejado de funcionar como tal (fojas 68).

Que el Departamento de Rentas interviene a fojas 72, informando que el contribuyente no registra deuda.

Que por Expediente Nº 1315/16 Alcance 3, agregado a fojas 74, la recurrente comunica la baja de la actividad comercial, cumplimentando con la legislación vigente.

Que según las constancias obrantes en el Expediente, se cumplimenta con lo establecido en la Ordenanza Nº 3666, Capítulo VIII, Artículos Decimotercero y Decimocuarto.

Que a fojas 80 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos.

Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.                                   

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO: Regístrese la baja a partir del día 21 de octubre de 2021, del comercio perteneciente la señora MAGDALENA DEL ROSARIO FERNANDEZ, DNI Nº 28.371.844, Contribuyente Nº 6331, habilitado con el rubro “BLANQUERIA”, denominación comercial “LES IRIS”, Codificadores de Rentas Nº 62200-06, Usuario 2497 – Asociado 2764 – TS1 – Tarifa Social, con domicilio comercial en calle Luis Penacino Nº 624 de la localidad de Piedritas, en el inmueble individualizado catastralmente como Circunscripción VIII, Sección C, Manzana 14, Parcela 9b, no contando con empleados en relación de dependencia; atento a lo establecido por la legislación vigente, y conforme a las constancias obrantes en el Expediente Nº 1315/16.

ARTÍCULO SEGUNDO: Deléguese en la Secretaría de Comercio, la facultad de notificar lo dispuesto precedentemente.

ARTÍCULO TERCERO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretaría de Comercio, Dirección de Rentas, División Comercio e Inspección, División Centro de Cómputos, Catastro, Contaduría y Procesamiento de la Recaudación; cúmplase y archívese.