Boletines/General Villegas
Resolución Nº 158/22
Publicado en versión extractada
General Villegas, 04/03/2022
VISTO:
El Expediente Nº 3193/09, correspondiente a la habilitación de un comercio, perteneciente a la señora Noemí Beatriz Blangetti, dedicado a la explotación del rubro “Servicio de elaboración y venta de comidas - Despensa”, con fecha de alta 10 de junio de 2010, registrado como Contribuyente Nº 9088; y
CONSIDERANDO:
Que por Expediente Nº 3193/09 Alcance 4, agregado a fojas 129, la recurrente comunica la baja de la actividad comercial, desde el 9 de diciembre de 2021, cumplimentando con la legislación vigente.
Que mediante Acta de Constatación Nº 9225, realizada el 20 de diciembre de 2021, se verificó que el comercio ha dejado de funcionar como tal (fojas 131).
Que el Departamento de Rentas interviene a fojas 136, informando que el contribuyente no registra deuda.
Que según las constancias obrantes en el Expediente, se cumplimenta con lo establecido en la Ordenanza Nº 3666, Capítulo VIII, Artículos Decimotercero y Decimocuarto.
Que a fojas 140 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos.
Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Regístrese la baja a partir del día 9 de diciembre de 2021, del comercio perteneciente a la señora NOEMI BEATRIZ BLANGETTI, DNI Nº 12.617.624, Contribuyente Nº 9088, habilitado con el rubro “SERVICIO DE ELABORACION Y VENTA DE COMIDAS - DESPENSA”, denominación comercial “MIMI.”, Codificador de Rentas Nº 62100-07 y 62100-06, Cliente Nº 31 – Usuario N° 31 – 3 - Serv. Gral. BC, con domicilio comercial en calle General Villegas Nº 575 de la localidad de Santa Regina, en el inmueble individualizado catastralmente como Circunscripción XI, Sección F, Manzana 30, Parcela 11, no contando con empleados en relación de dependencia; atento a lo establecido por la legislación vigente, y conforme a las constancias obrantes en el Expediente Nº 3193/09.
ARTÍCULO SEGUNDO: Deléguese en la Secretaría de Comercio, la facultad de notificar lo dispuesto precedentemente.
ARTÍCULO TERCERO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretaría de Comercio, Dirección de Rentas, División Comercio e Inspección, División Centro de Cómputos, Catastro, Contaduría y Procesamiento de la Recaudación; cúmplase y archívese.