Boletines/General Pueyrredon
Decreto Nº 2353/22
General Pueyrredon, 13/10/2022
Visto
la realización del Congreso de Destiladores Argentinos 2022 CODEAR, a realizarse en el Hotel UTHGRA Sasso de Mar del Plata, los días 14 y 15 de octubre de 2022, y
Considerando
Que es objetivo de la Secretaría de Desarrollo Productivo e Innovación, fomentar al crecimiento y fortalecimiento del sector productivo y comercial del Partido de General Pueyrredon, como fuentes de empleo genuino.
Que para alcanzar este objetivo, es importante acompañar a un sector en plena expansión como es la promoción en la Elaboración, Distribución y Comercialización de Bebidas Espirituosas Artesanales y todas las acciones y empresas que intervienen en su cadena de valor.
Que por ello, dado el crecimiento de la actividad e importancia en la economía local, la Secretaría ha impulsado la regularización de la actividad, lo cual finalizó con la creación del Régimen de Promoción en la Elaboración, Distribución y Comercialización de Bebidas Espirituosas Artesanales, Ordenanza N° 25.198.
Que el Congreso de Destilados es un espacio de capacitación e intercambio, donde los destiladores y personas interesadas pueden participar de exposiciones de expertos nacionales e internacionales en temas como técnicas de destilación, añejamiento, tipos de alcohol, diseños de planta, mixes para gin, destilados de agave, malta en destilados, importancia de materias primas en el gin, whisky, brandy así como de talleres de vermut y botánicos.
Que CODEAR será un punto de encuentro de productores y proveedores de materias primas, tales como enebros, maltas, levaduras, alambiques, cristalería, aluminio, etiquetas, tapones de botellas, barricas, entre otros.
Que la Secretaría de Desarrollo Productivo e Innovación presentará un stand que expondrá los distintos programas que buscan fortalecer la industria de la destilación de bebidas espirituosas en el Partido de General Pueyrredon; principalmente Mi primer Comercio, con el objetivo de asistir a todos aquellos interesados en habilitar distintos puntos de desarrollo de esta actividad, como así también aquellos productores que intervienen en la cadena de valor de los destilados serán invitados a integrar el Programa Producto Local -Trabajo Marplatense.
Que recientemente los destiladores del Partido de General Pueyrredon conformaron la Cámara de destilados y espirituosas Artesanales, que incluyen a los destiladores del Partido, lo cual es un punto importante para regular la actividad, promocionarla, nuclear a los productores actuales y nuevos interesados, interviniendo en las dificultades y potenciando el desarrollo del sector; motivo por el cual han sido invitados a participar del stand institucional.
Que la presencia en el Congreso requiere la contratación de un stand de 10m2 a la firma MIRAMAR POMOL EQUIPMENT SAS, CUIT, 30-71684960-7, organizadora del evento, por PESOS CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS ($145.200), según consta en el presupuesto presentado.
Que en la línea de incentivar la producción y el empleo local, la presencia en el Congreso tenderá a incrementar la producción de destilados y bebidas espirituosas artesanales en el Partido de General Pueyrredon.
Que la Contaduría General ha elaborado informe obrante a fs. 26.
Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º: Declárase de Interés Municipal la participación de la Secretaría de Desarrollo Productivo e Innovación , a través de sus Programas Mi Primer Comercio y Producto Local-Trabajo Marplatense en el Congreso de Destiladores Argentinos 2022 -CODEAR-, que se llevará a cabo el 14 y 15 de octubre de 2022 en la ciudad de Mar del Plata, por tratarse de un espacio de acompañamiento a la Promoción de la Elaboración, Distribución y Comercialización de Bebidas Espirituosas Artesanales del Partido de General Pueyrredon, fuente de producción y empleo local.
ARTÍCULO 2º: Autorizase la contratación de MIRAMAR POMOL EQUIPMENT SAS, CUIT, 30-71684960-7, por PESOS CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS ($145.200), en concepto de alquiler de un stand de 10 m2, para la participación de la Secretaría de Desarrollo Productivo e Innovación, en los términos del artículo 156 inc.1 de la Ley Orgánica de las Municipalidades (LOM).
ARTÍCULO 3º.- El egreso que demande lo dispuesto en el artículo precedente, será imputado a : Fin/Fun: 1-3-0; Programa: 21-00-00; Inc.:3; P.P.:6 ; P.p.: 2; P.Sp.:0; F.Fin.:1-1-0 ; Institucional: 1-1-1-01-27-000; UER: 30 ; Importe: $145.200.
ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por los señores secretarios de Desarrollo Productivo e Innovación y de Economía y Hacienda.
ARTICULO 5º: Regístrese, dése al Boletín Municipal y comuníquese.
CONSOLI BLANCO MONTENEGRO