Boletines/Brandsen
Decreto Nº 1487
Brandsen, 12/08/2022
Visto
Visto la nota por la cual la Dirección de Educación, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Local y Acción Comunitaria, tramita el otorgamiento de becas “Socio- Educativas- para la Practica y Promoción del Deporte”, y;
Considerando
Que este Municipio estima razonable otorgar la ayuda solicitada a fin de facilitar la concurrencia de los mismos a los distintos eventos deportivos, fomentando las prácticas deportivas a través de diferentes modalidades: talleres, cursos, capacitaciones, eventos;
Que en ese orden de ideas se realizó oportunamente el relevamiento de los deportistas que podrán realizar dicha función educativa, formando a niños y adolescentes en un desarrollo integral, ocupando el tiempo libre en actividades saludables;
Que el monto de la beca asciende a la suma de pesos dos mil ($2.000,00) mensuales, desde el mes de agosto de 2022 y hasta el mes de diciembre de 2022;
Que por lo expuesto corresponde dictar el acto administrativo otorgando las becas Socio-Educativas para la Práctica y Promoción del Deporte;
El intendente municipal informa
ARTÍCULO 1º.- Dese de baja una beca Socio- Educativa para la Practica y Promoción del Deporte de pesos dos mil ($2.000) desde el mes de septiembre a las deportistas Langlois, Florencia, DNI: 28.620.208 y Mansilla, Nahir Belén, DNI: 36.601.538.-
ARTICULO 2º.- Otorgase una beca Socio-Educativa para la Practica y Promoción del Deporte, de pesos dos mil ($2.000,00) mensuales, desde el mes de Agosto del 2022 y hasta el mes de diciembre del 2022 a los siguientes deportistas:
Balboni, Paloma, DNI: 52.625.968
Orona, Juan Pablo, DNI: 49.920.291
Juárez, Franco, DNI: 43.661.685
González, Lázaro, DNI: 50.271.817.-
ARTICULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento del presente, será imputado en la Jurisdicción: 7000 - Categoría Programática: 18.05 - Fuente de Financiamiento: 132 Fondo Educativo.-
ARTICULO 4º El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Hacienda y Administración y de Desarrollo Local y Acción Comunitaria.-
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese a quien corresponda, dese al Registro Oficial y cumplido, archívese.-