Boletines/Brandsen
Decreto Nº 1480
Brandsen, 10/08/2022
Visto
Visto el expediente Nº 4015-29915/21, por el cual se tramita la “Renovación de Seguros Automotores y Técnico del Parque Automotor Municipal”, destinados a vehículos y maquinarias municipales con vigencia a partir del mes de enero y hasta el 31/12/2022, y;
Considerando
Que a fs. 16 obra informe de la Jefa de Contrataciones y Licitaciones mediante el cual se considera adecuado efectuar la contratación directa con la Aseguradora Provincia Seguros S.A., por un valor de $ 4.000.000 y a Nación Seguros S.A por un valor de $ 1.200.000, debido a tener participación mayoritaria del Estado, y estando en un todo de acuerdo con lo normado en el art. 156 inc2 de la LOM;
Que a fs. 17 se expide el Subsecretario Legal y Técnico: “Del análisis de la situación y consulta de la Sra. Jefe de Contrataciones y Licitaciones, y siempre que el D.E este de acuerdo, no encuentro objeciones a que se contrate en forma directa con ambas aseguradoras (PROVINCIA SEGUROS S.A y NACION SEGUROS S.A) en virtud de lo dispuesto en el art. 156 inc.2 de la LOM. Subsecretaria Legal y Técnica, enero 3 de 2022. Firmado: Luis Marianao Cowen. Subsecretario Legal y Técnica. Municipalidad de Brandsen”;
Que el art. 156 de la Ley Orgánica de Municipalidades (Texto según Dec-Ley 9443/79) prescribe: “como excepción a lo prescripto en el artículo 151 sobre licitaciones y concursos, se admitirán compras y contrataciones directas en los siguientes casos:… inc 2º Cuando se compre a reparticiones oficiales nacionales, provinciales o municipales y a entidades en la que el Estado tenga participación mayoritaria… Se podrá efectuar en forma directa”;
Que en razón de lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo autorizando la contratación de los seguros mencionados;
El intendente municipal informa
ARTÍCULO 1º.- Incorpórese a la “Renovación de Seguros Automotores y Técnico del Parque Automotor Municipal” el vehículo dominio AF465XI, chasis N° 8ª18SRYD4PL287987 a partir del 1 de agosto y hasta el 31 de diciembre de 2022.-
ARTÍCULO 2º.- El gasto que demanden las primas y gastos de seguro dispuestas en el Art 1º, serán imputadas: Jurisdicción 5000 Secretaria de Gobierno - Categoría Programática 01.00.00 - Imputación 3.5.4 – Fuente de Financiamiento 110.-
ARTICULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno y de Hacienda y Administración.-
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese a quien corresponda, dese al Registro Oficial y cumplido, archívese.-